Local
Publicado el Jueves, 01 de Diciembre del 2022

Noventa días de emergencia sanitaria por influenza aviar

Medida rige por un periodo de 90 días calendario por enfermedad.
Ante la presencia de influenza aviar de alta patogenicidad en aves domésticas o aves de traspatio, el Servicio Nacional de Sanidad Agraria (SENASA) declaró la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional por un período de 90 días calendario.
 
La declaratoria de emergencia sanitaria se oficializó mediante la Resolución Jefatural N°0180-2022-MIDAGRI-SENASA y dispone que a partir de ahora “la emergencia sanitaria en todo el territorio nacional ante la presencia de influenza aviar de alta patogenicidad en aves domésticas (aves de traspatio), por el periodo de noventa 90 días calendario, periodo que puede ampliarse de acuerdo con la evaluación epidemiológica”.
 
REGIÓN
A nivel de región, el SENASA Lambayeque, después de haber confirmado las primeras muestras positivas a influenza aviar en aves de traspatio en el distrito de San José, se dispusieron las medidas del plan de contingencia que corresponde a los cercos epidemiológicos que consiste en impedir que el virus salga de la zona afectada.
 
“Es por ello que se realizó como medida sanitaria en base a nuestra norma el sacrificio y entierro adecuado de aves que estuvieron en contacto con las dos muestras que dieron positivo a la enfermedad”, según señaló el director del SENASA, Félix Bobadilla Morales.
 
Asimismo, indicó que en los alrededores de la zona afectada se dispuso actividades estrictamente de vigilancia epidemiológica, levantamiento de información y visita de predio por predio.
 
A su turno, el decano del Colegio de Veterinarios de Lambayeque, Fidel La Torre Salaverano, remarcó que esta situación no representa riesgos para el consumo de carnes, huevos de aves domésticas, ya que de manera oportuna se están reforzando las medidas de seguridad en sector Gallito donde se reportaron los casos de gripe aviar.
 
“Hasta el momento los cercos de control están funcionando, no se ha detectado un nuevo brote, por lo tanto, no hay porqué alarmar a la población respecto al consumo de aves domésticas”, señaló el veterinario.
 
OJO CON LAS PROHIBICIONES
Según la declaratoria de emergencia sanitaria, toda persona natural o jurídica se encuentra prohibida de movilizar aves domésticas vivas y productos de riesgo desde las zonas consideradas como foco de infección, trasladar aves domésticas vivas y sus productos de riesgo, ingresar aves a los predios positivos a influenza aviar.
 
Asimismo, visitar predios avícolas cuando el Servicio Nacional de Sanidad Agraria haya dispuesto una medida sanitaria, llevar a cabo ferias, exposiciones, eventos gallísticos, arrojar aves muertas a los canales de riego y manipular, sin equipos de protección personal, aves con síntomas o sospecha de influenza aviar.
 
“Se realizó como medida sanitaria en base a nuestra norma el sacrificio y entierro adecuado de aves que estuvieron en contacto con las dos muestras que dieron positivo a la enfermedad”
Félix Bobadilla Morales
SENASA
 

Suscríbete a La Industria

Disfruta de nuestro contenido a diario