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Publicado el Miercoles, 24 de Marzo del 2021

Priorizaron millonario pago a contratista en Pimentel

Municipalidad pimenteleña en el ojo de la tormenta tras presuntas anomalías en obra.
Continúa la polémica al interior de la comuna distrital de Pimentel, donde aparentemente se habría aplicado solo en algunos contratistas el procedimiento de supervisión de cartas fianzas del adelanto económico para materiales en obras.
 
Como se recuerda, el ciudadano Rogger Ramírez Román denunció que la citada municipalidad habría efectuado, en el último mes, el pago de la fianza de adelanto de materiales por más de un millón de soles al contratista de la obra “Reparación de obras exteriores; en el (la) calles Miguel Grau cuadras 01-04 Torres Paz cuadras 01-06 Chiclayo cuadras 02-08 José Quiñones cuadras 02-08 Buenos Aires cuadras 04, 05 Francisco Bolognesi cuadra 08 José Balta cuadras 05,06,07,08 Lima cuadras 05,06,07,08 del centro urbano del distrito de Pimentel”, pese a que el concejo no firmó contrato con la empresa supervisora, ni se designó al ingeniero supervisor de la obra.
 
¿PRIORIDAD?
Sin embargo, este medio accedió a documentación sobre otra reciente obra “Rehabilitación de las calles del sector La Plata, distrito de Pimentel, provincia de Chiclayo, departamento de Lambayeque”, en la cual se evidencia que la comuna sí ordenó la supervisión del pedido de fianza de adelanto para materiales en este proyecto.
 
Según detalla la carta n.° 012 presentada el 9 de marzo del 2021 por el contratista de dicha obra, quien solicitó al gerente de Infraestructura de Desarrollo Urbano y Rural, Atilio Pérez, el trámite y autorización de la fianza de adelanto de materiales por más 450 000 mil soles.
 
Al respecto, Pérez respondió al contratista, el 11 de marzo del 2021, a través de la carta n.° 019-2021-MDP, que dicha solicitud debe ser evaluada por la supervisión de la obra para su conformidad, de acuerdo con el cronograma de inicio de obra.
 
Ante ello, La Industria dialogó con el consultor de obras públicas, Edmundo Guerrero, quien indicó que, según el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado, ambas obras pertenecen a Reconstrucción con Cambios, por lo cual, según su normativa y reglamento, la empresa supervisora debe aprobar el pedido del pago por adelantado de materiales en obras.
 
 

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