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Publicado el Sábado, 12 de Diciembre del 2020

Sunedu saca a Ponce y Sánchez como rectores de la UNPRG

José Ponce Ayala y Segundo Sánchez Cusma fueron elegidos como rectores encargados de la UNPRG, pero la SUNEDU declaró improcedentes ambas solicitudes.
La Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (SUNEDU) declaró improcedentes las solicitudes de encargatura para autoridades de la Universidad Nacional Pedro Rjuiz Gallo (UNPRG) elevadas por el rectorado y la Asamblea Universitaria. Será el docente más antiguo de la quien se haga cargo del rectorado.
 
El 19 de noviembre con resolución n.° 0005-2020-AU el rector, Jorge Oliva Núñez, resolvió encargar las funciones de rector encargado a José Elías Ponce Ayala; vicerrector Académico, a Oswaldo Mendoza Otiniano y vicerrector de Investigación a Eduar Vásquez Sánchez, sin embargo, un día después la Asamblea Universitaria eligió para rector encargado a Segundo Sánchez Cusma; vicerrector Académico a César Monteza y Vicerrector de Investigación a José Maquén.
 
Representantes de ambos grupos, secretario general y Asamblea Universitaria respectivamente, decidieron elevar sus solicitudes de listas de autoridades ante la SUNEDU para el registro correspondiente; sin embargo, las dos fueron declaradas improcedentes, por este organismo.
 
“En base a lo estipulado en la Ley Universitaria y el Estatuto vigente de la universidad, la SUNEDU ha decidido declarar improcedente la solicitud de registro de datos de autoridades de Segundo Sánchez Cusma (rector encargado), César Monteza Aurbulú (vicerrector académico encargado) y José Maquén Castro (vicerrector de investigación encargado)”.
 
La razón, según se expone, debido a que la convocatoria a la sesión extraordinaria a la Asamblea Universitaria (AU) en la que se dispuso estas encargaturas no se realizó en base al número total de miembros que exige el artículo 56 de la Ley Universitaria, es decir, 84 miembros.
 
En el caso de la solicitud para la inscripción de José Ponce Ayala, Oswaldo Mendoza Otiniano y Eduar Vásquez Sánchez, la SUNEDU también la declaró improcedente.
 
“Tras verificar que en la sesión extraordinaria del 30 de octubre del 2020, la Asamblea Universitaria no acordó que el Consejo Universitario ejecute y reglamente la encargatura de autoridades, por el contrario, algunos asambleístas manifestaron que correspondía a la AU elegir a los respectivos encargados, conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo N.° 1496, que permite prorrogar o encargar los mandatos de las autoridades e integrantes de los órganos de gobierno”.
 
EL MÁS ANTIGUO
Teniendo en cuenta que la encargatura de autoridades es de vital importancia para garantizar el normal funcionamiento de la universidad y el registro de grados y títulos, el artículo 25 del Estatuto de la UNPRG establece que el docente más antiguo, asuma el rectorado.
 
“En caso de licencia e impedimento del rector, lo reemplaza el vicerrector Académico y a falta de este asume la función el vicerrector de Investigación, y a falta de estos asume dicha función el docente principal más antiguo, miembro de la Asamblea Universitaria”
 

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