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Publicado el Martes, 12 de Noviembre del 2019

Sin presupuesto para las personas con discapacidad

Gestión anterior debió dejar el 1% de dinero para ejecutar acciones en beneficio de este sector de la población; pero no lo hizo

 En el año 2013 se implementó la Ley general de la persona con discapacidad, la cual obliga a los gobiernos locales y regionales, destinar el 1% de su presupuesto para ejecutar acciones que beneficien a este sector de la población.

A pesar que pueden ser denunciados, la máxima autoridad del gobierno, la gerente de programas sociales, Janeth Núñez Mayanga, mencionó que este año no se podrá cumplir con el uso del 1%, explicando los motivos.

“El presupuesto se elabora con un año de anticipación, en este caso, debió ser la gestión anterior, quien debió dejarlo, pero no lo hizo. Esta gestión ahora está creando su cadena presupuestal, su meta para empezar a trabajar con este sector a partir del año 2020”, acotó.

También se refirió a la infraestructura del Gobierno Regional que limita el desplazamiento de la persona con discapacidad. “La gerencia no tiene una infraestructura adecuada, es limitada y en el gobierno tampoco hay espacios donde ellos puedan reunirse y hacer sus actividades, que es lo que nos piden”.

La gerencia de infraestructura busca la implementación de rampas y servicios higiénicos accesibles, pero aún está en proyecto.

Según la ley, los gobiernos locales y gobiernos regionales están obligados a utilizar el 0,5% de su presupuesto institucional a favor de la realización de obras, mantenimiento, reparación o adecuación destinados a mejorar o proveer de accesibilidad.

Asimismo están obligados a utilizar el 0,5% de su presupuesto institucional para financiar los gastos operativos, planes, programas y servicios de oficina municipal u oficina regional de personas con discapacidad.

Los gobiernos regionales y gobiernos locales deben informar, por escrito, a la Comisión de Inclusión Social y Personas con Discapacidad, y a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República, sobre el cumplimiento del uso de presupuesto, bajo responsabilidad del titular del pliego, gerente general y gerente municipal respectivamente. Una copia de dicho informe se remite al Consejo Nacional para la Integración de la Persona con Discapacidad (Conadis).

El plazo para enviar el informe anual para ambas comisiones es de noventa (90) días calendario de culminado el año fiscal correspondiente.

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