Las decisiones en la interna de la Municipalidad Provincial de Chiclayo (MPCh) siguen causando polémica y provocando irregularidades, las mismas que no solo se adoptarían en la mayoría del Concejo Municipal, sino que también, desde sus gerencias.
En esta ocasión, el Órgano de Control Institucional (OCI) de esta comuna, a través del Informe de Alerta de Control N° 008- 2019, el cual se realizó en atención a una denuncia, halló presuntas irregularidades que levantan serias sospechas.
De acuerdo al documento, la MPCh aprobó el Estudio de Impacto Vial (EIV) a favor de una millonaria megaobra, para el otorgamiento de licencia de edificación, lo cual “genera el riesgo de afectación a las condiciones de transitabilidad vehicular y peatonal en la zona de influencia del proyecto”.
“De la evaluación realizada se ha identificado la existencia de indicios de irregularidad: Sin tener competencia, se declaró procedente y aprobó Estudio de Impacto Vial de centro comercial que se consideró punto de acceso en ruta nacional, afectando la legalidad y al servicio público”, reza el informe.
DESDE EL 2018
De acuerdo a lo descrito por el OCI, este hecho nació en la gestión anterior, pero la irregular decisión fue refrendada por los funcionarios del actual gobierno municipal que encabeza Marcos Gasco Arrobas.
Todo tiene su punto de partida el 4 de setiembre de 2018, cuando el representante del centro comercial (que se construye en la Panamericana Norte-salida a Lambayeque, frente al hospital Regional y al costado de la UGEL Chiclayo), solicitó la revisión y aprobación del EIV por ser requisito para el trámite de licencia de edificación.
“Del contenido del citado EIV se observa que el proyecto ha considerado dos puertas para el acceso al centro comercial, una en la Av. Escrivá de Balaguer y otra en la Vía de Evitamiento…por lo que la clasificación de la red vial formulada en el EIV del que se solicitó su revisión y aprobación se acreditó que el estudio abarca vías expresas que están compuestas por vías nacionales interprovinciales e interdistritales…”, explica el OCI.
El órgano de control advierte haber detectado que, con informe N° 79- 2018 del 12 de octubre de 2018, con asunto: revisión de EIV, el técnico de transporte comunicó a la subgerencia de Tránsito y Seguridad Vial, que “el EIV sí es factible”, por lo que dicha subgerencia, con Informe N° 126- 2018 de 16 octubre de ese año remitió el informe elaborado por el técnico en transportes a la gerencia de Transportes y Seguridad Vial que conllevó a la emisión de la carta N° 078 del 17 de octubre de 2018, comunicando al administrado “la procedencia del EIV presentado”.
EN EL 2019
Pero a pesar de contar con la procedencia o aprobación del EIV, el representante legal de dicho centro comercial en construcción, el 25 de enero del presente año, “ingresó una solicitud con Registro Documentario N° 498676 referida a la presentación de medidas complementarias al EIV”.
Esta solicitud fue evaluada y cuyo resultado fue comunicado por la Gerencia de Desarrollo Vial y Transportes con Carta N° 008-2019 del 29 de enero 2019, en la que a pesar de encontrar inconsistencias emitió opinión.
“…las medidas de mitigación contempladas en el EIV serán implementadas en la parte extrema del proyecto, además de haber incluido medidas complementarias fuera de su área de influencia que tampoco afectan el proyecto constructivo del mall, y siempre que la empresa se comprometa a adoptar las medidas de mitigación complementarias, en caso sean necesarias para minimizar el impacto vial, es de mi opinión que el EIV presentado cumple con los requisitos mínimos”, se lee.
El OCI señala que, conforme a los descrito párrafos anteriores, el EIV presentado por el administrado comprende la ruta nacional PE 1N, “por lo que la aprobación de este estudio no es competencia de la MPCh, si no que corresponde al MTC, conforme lo señala el Reglamento Nacional de Gestión de Infraestructura Vial”.
Por último, el órgano de control advierte, que es Provias Nacional quien debió pronunciarse a través de la autorización de uso de derecho de vía según informe N° 010-2019 emitido por la supervisión zonal Lambayeque Provias Nacional que señala: “la Vía de Evitamiento es parte de la red nacional la cual está a cargo de la concesionaria COVISOL y supervisada por OSITRAN RUTA PE 1N”.