Bajo cualquier escenario, alcaldesa sería suspendida
Hoy, en horas de la tarde, se realizará sesión que convocó el primer regidor, y contaría con un notario para certificar.
Bajo cualquier escenario, asistan o no asistan los 15 concejales, hoy la alcaldesa de Chiclayo, Janet Cubas Carranza, sería suspendida por el grupo asistente, que luego, si no existe apelación, deberá elevar los actuados al Jurado Nacional de Elecciones (JNE), última instancia para el veredicto correspondiente.
Como se sabe, el primer regidor Jorge Atila Arévalo convocó a la sesión extraordinaria, la cual ha sido calificada como ilegal por el área de Asesoría Legal y por el gerente de Secretaría General de la municipalidad de Chiclayo.
Todo esto viene desde el mes de diciembre del año pasado a raíz del denominado “árbol de la vergüenza”, por el cual la ‘Ciudad de la Amistad’ fue objeto de burla nacional e internacional. En tanto, las explicaciones de la autoridad edil sin reconocer el error, y luego observado por la Contraloría, fue considerado falta grave por el grupo de ocho regidores, pidiendo la suspensión.
CITACIÓN
Han convocado con dos citaciones, la primera que necesita el quórum de la mitad más uno del total de regidores, que serían 15 más uno 16 con la alcaldesa. Si no hay nueve regidores, no empiezan.
Posteriormente, tal cual se hace en toda entidad del Estado o privada, se llama a una segunda citación (se ha fijado una hora después). Ya en la segunda citación, se hace la sesión o asamblea con los que estén presentes, así no haya quórum, según explicó el abogado Germán Vásquez Merino. Añadió que los acuerdos de concejo para estos casos son de mayoría simple. Si llegan 8, se inicia con ellos, entran a discusión y debate, y votan; como se necesita mayoría simple, se toma el acuerdo de suspensión.
“Tengo entendido que van a llevar a un notario, quien tomará nota de los acuerdos, quórum o no quórum, va a tomar nota con acta certificada notarialmente de todo lo que suceda”, explicó.
Se esperan los 10 días, si no apelan, se envía al JNE, se le indica que se convocó tal cual señala la Ley Orgánica de Municipalidades y no se ha interpuesto ningún recurso. Esto puede demorar 2 a 3 meses.