La Contraloría detectó, mediante informe N.º 017-2024-2-0426-SCE, que el suspendido alcalde Polanski Carmona habría designado “irregularmente” a dos funcionarios para ejercer las funciones de gerente de Asesoría Jurídica y gerente de Secretaría General en la Municipalidad Provincial de Ferreñafe.
El periodo de investigación corresponde del 1 de enero al 31 de diciembre del 2023 y en este se puede constatar que Carmona designó a Aldo Marino Cornejo Cassana en el cargo de gerente de Asesoría Jurídica y posteriormente se le designó el cargo de gerente de Secretaría General (área en la que actualmente se encuentra trabajando).
Luego, se designó a Humberto Martín Ruiz Ruiz en el cargo de gerente de Asesoría Jurídica.
“(...) el alcalde de la Municipalidad Provincial de Ferreñafe, Polanski Carmona Cruz designó a Aldo Marino Cornejo Cassana en el cargo de gerente de Asesoría Jurídica y posteriormente en el cargo de gerente de Secretaría General, quien no cumplía el requisito mínimo para cargos o puestos de directivos públicos de municipalidades tipo A2, respecto de la experiencia general de 4 años establecidos en el Reglamento de la Ley N.º 31419; no obstante ello, la persona designada aceptó dichos cargos”, se lee en el documento.
De igual forma, se refieren a Humberto Martín Ruiz Ruiz, en el cargo de gerente de Asesoría Jurídica, “quien no cumplía el requisito mínimo para cargos o puestos de directivos públicos de municipalidades tipo A2, respecto de la experiencia específica que debe comprender experiencia en gestión municipal y experiencia en puestos o cargos de dirección en el sector público o privado establecidos; no obstante ello, la persona designada aceptó dicho cargo”.
Asimismo, indican que estos hechos expuestos habrían afectado el funcionamiento de la administración pública, la legalidad y la probidad en el acceso a la función pública.
De igual forma, refieren que “los hechos expuestos han sido ocasionados por la decisión de Carmona, del gerente de secretaría general, el ex gerente de Asesoría Jurídica y el ex jefe de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos de designar o aceptar los cargos de libre designación y remoción o emitir opinión favorable sobre el cumplimiento del perfil de puesto y de no tener impedimentos para ser designado con lo establecido en la normativa”.