El exalcalde de Chiclayo, David Cornejo Chinguel habría ingresado, a través de su abogado, un oficio solicitando el otorgamiento de un beneficio penitenciario para cumplir su condena por tráfico de influencias.
Se conoció que solicitó convertir su condena en jornadas de trabajo comunitario. Esta solicitud habría sido presentada el 02 de julio, según consta en el Expediente N.º 8131-2024 y entre sus alegatos referiría que busca la semilibertad bajo trabajos comunitarios al encontrarse delicado de salud porque padece de una enfermedad que necesita atención médica especializada y que no puede ser tratada en el tópico de la cárcel.
Adicional a ello, habría enviado un informe del INPE donde “se mostraría” su buena conducta y su participación en los talleres de resocialización, encontrándolo apto para ser libre.
Como se recuerda, la exautoridad, en su última solicitud de beneficio penitenciario, sostuvo que ya se encontraba apto para resocializarse ante la sociedad, pero el magistrado del Décimo Juzgado Penal Unipersonal de Chiclayo, declaró infundada su solicitud.
De acuerdo al portal “Pasión por el Derecho” el exalcalde estaría buscando acogerse a la redención de pena por trabajo o educación, que es un beneficio penitenciario que permite a un privado de libertad reducir su permanencia en un establecimiento penitenciario por realizar una actividad laboral o educativa, que previamente ha sido registrada por la autoridad penitenciaria.
“Con este beneficio, pueden redimir pena por trabajo o educación, los internos procesados o sentenciados en la forma y límites establecidos por ley para cada uno de los delitos. El tiempo de redención de pena que acumulen los internos que tienen la condición jurídica de procesados, será reconocido en el cómputo de la redención cuando lo soliciten en calidad de sentenciados”, se especifica en el manual.
Cornejo Chinguel buscaría acogerse a la redención de pena dos por uno (2x1), que consiste en dos días de trabajo o educación, por uno de condena. Es decir, el interno que realice una de esas actividades en el establecimiento penitenciario podrá redimir o descontar de su condena un día de pena privativa de libertad, por cada dos días de actividad laboral o educativa.
Respecto a su condena por tráfico de influencias, la Fiscalía demostró que Cornejo favoreció a un empresario.