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Publicado el Jueves, 21 de Diciembre del 2023

Juzgado ordena transferir áreas comunes del Modelo

Según resolución, la municipalidad ha incumplido con transferir áreas comunes.
Un nuevo apercibimien-to recibe la alcaldesa de Chiclayo, Janet Cubas, por incumplir mandatos judiciales.
Primero fue por no entregar el informe económico del mercado Modelo, y esta vez, el Juzgado Constitucional da un plazo de 10 días para que la municipalidad de Chiclayo cumpla con la transferencia de las áreas comunes, bajo apercibimiento de remitirse copias al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) para que inicie el procedimiento de destitución de la alcaldesa.
El Primer Juzgado Constitucional de Chiclayo, a cargo del juez Carlos Alfonso Jesús Diez Canseco Solano, emite la Resolución 158, el 11 de diciembre de 2023, contra la Municipalidad Provincial de Chiclayo, litis consorte: Sindicato de Comerciantes Minoristas del Mercado Modelo y Sindicatos de Pequeños Comerciantes de la Plataforma, en la demanda que interpone la Junta de Propietarios.
Según refiere la Resolución N° 158, Mirtha Noemí Plasencia Alva, en condición de presidenta de la Junta Directiva de Propietarios del Mercado Modelo, solicita que se haga efectivo el apercibimiento decretado por la Resolución No. 156.
Asimismo, al no haberse cumplido con el mandato dispuesto por el Tribunal Constitucional, se requiera por última vez que en el plazo de tres días cumpla íntegramente con lo ordenado en autos, bajo apercibimiento de remitirse copias certificadas al JNE para que inicie el procedimiento de destitución. Frente a lo indicado, la municipalidad de Chiclayo, a través del Oficio Nº 460-2023/MPCH/A, de fecha 9 de noviembre de 2023, señaló que ha cumplido con lo ordenado por el Tribunal Constitucional.
INFUNDADO
Sin embargo, el juez resolvió declarar infundada la solicitud formulada por la municipalidad de tenerse por cumplido el mandato. Asimismo, dispone se haga efectivo el apercibimiento decretado en la Resolución No. 152, del 5 de abril del 2023, declarado consentido por Resolución No. 153 y reiterado por Resolución No. 156, del 2 de noviembre del 2023; y remítase copias al Ministerio Público.
 

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