La Comisión de Ética y Fiscalización del Consejo Regional no aborda todavía el caso de los audios del gerente general Ranjiro Nakano Osores, pues al aceptarse la inhibición del presidente de dicho grupo de trabajo, Ricardo Lara, ahora deberá convocar a sesión el consejero Yomi Orosco Nuntón.
Así lo explicó el consejero integrante de la comisión, Juan Pablo Horna Santa Cruz, quien indicó que se cumplió la decisión del pleno del Consejo Regional, que fue aceptar que el señor Ricardo Lara se inhiba en el caso del gerente Nakano.
“(El jueves) no se ha tocado en la Comisión de Ética y Fiscalización el tema del señor Nakano, porque quien tiene que convocar a la reunión será el consejero delegado Yomi Orosco frente a la inhibición del consejero Lara”, precisó y acotó que tiene que haber una citación con 48 horas de anticipación de acuerdo al reglamento.
“Quiero aclarar que el tema del señor Nakano no es un tema de vacancia o suspensión, es un tema que está referido estrictamente a un encargo del Consejo que se analicen los materiales que se han aportado (audios) y que a su vez si hay nuevos materiales se tengan en cuenta para que haya un informe o dictamen sobre los materiales que hay para dar una opinión”, subrayó.
MATERIALES
Tras indicar que por cuanto el señor, como pleno han analizado, no tiene sentencia alguna al respecto, en ese marco van a dar una opinión respecto a los materiales presentados por el exregidor municipal y ahora consejero regional, Ricardo Lara.
“Nuestro reglamento dice que solamente pueden ser vacados el gobernador, vicegobernadora, consejero delegado, consejero suplente y cualquier consejero; igual sucede con la suspensión, se aplica a ese nivel, no entra gerente general, ni gerentes”, explicó.
Añadió que sí pueden ser interpelados, lo que pasó fue una cuestión alarmista, solamente lo invitaron para que exponga su plan de trabajo, no lo interpelaron en la sesión pasada, conforme un acuerdo aprobado por el pleno.
AÚN NADA DE INTERPELACIONES
Horna manifestó que hasta ahora no han interpelado a ningún gerente ni funcionario. El reglamento interno dice que pueden interpelar al gerente general, a cualquier gerente sectorial, director o jefe, pero todavía no han hecho interpelaciones.
“Una interpelación significa acordarlo, aprobar su pliego de preguntas y que presente por escrito 72 horas antes su descargo y luego acogerse a la interpelación de los consejeros”, explicó. Asimismo, sobre el caso del consejero Gustavo Espinoza, anotó que entregó una versión oral que será de conocimiento del pleno, antes no pueden revelar, sería hacer infidencia mientras el pleno no lo toque.
“Nuestro reglamento dice que solamente pueden ser vacados el gobernador, vicegobernadora, consejero delegado, consejero suplente y cualquier consejero; igual sucede con la suspensión se aplica a ese nivel ”
Juan Pablo Horna S.
Consejero regional