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Publicado el Miercoles, 08 de Febrero del 2023

El OCI revela una gran falencia del SATCh

El Servicio de Administración Tributaria de Chiclayo .
El Servicio de Administración Tributaria de Chiclayo (SATCh), no cuenta con documento técnico normativo que regule las actividades de registro y determinación del impuesto predial, según se indica en el Informe de Orientación de Oficio N° 001-2023-OCI/5510-SOO de la Contraloría General de la República.
 
Se explica que, de las acciones y/o actividades que la entidad realiza para determinar la base imponible y en consecuencia la obligación tributaria del impuesto predial, por ejemplo, los valores arancelarios de los predios urbanos del distrito de Chiclayo, se obtienen de los planos prediales, que actualmente aprueba el Gobierno Regional de Lambayeque.
 
Luego que el SATCh, obtiene los planos prediales, y por ende los valores arancelarios, corresponde al Departamento de Registros y Fiscalización realizar las acciones y actividades necesarias que le permitan contar con información veraz que garantice la correcta determinación de la base imponible, y en consecuencia la obligación tributaria.
 
En razón a ello, mediante un oficio, el día 24 de noviembre de 2022, el Órgano de Control Institucional (OCI) del SATCh, solicitó al jefe de la oficina de Planeamiento y Presupuesto de la entidad, la directiva, el lineamiento, procedimiento u otro documento de gestión interna que regule la “Determinación del Impuesto Predial”.
 
En respuesta a lo solicitado, a través de un informe del 28 de noviembre de 2022 el área antes citada informó al OCI, que el SATCh no tiene directiva establecida que regule lo solicitado.
 
En otra parte del documento, se lee que mediante un informe de 1 de diciembre de 2022, el jefe de Departamento de Registro y Fiscalización solicitó a la jefa de Planeación y Presupuesto elaborar manuales de procedimientos internos, para luego informar al OCI que se viene realizando coordinaciones entre las áreas competentes, para iniciar la actualización de manuales relacionados a procesos del TUPA del año 2022.
 
No obstante, el OCI advierte que la entidad, a la fecha de emisión del citado informe, no cuenta con documento técnico normativo que establezca de forma clara, sistemática, ordenada y secuencial, las acciones para el correcto registro y determinación del impuesto predial.
 
 

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