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Publicado el Miercoles, 14 de Diciembre del 2022

Irregularidades en pagos por pensión de viudez

Entidad otorgó una pensión se sobrevivencia de viudez al 100 %.
La Gerencia Regional d Agricultura Lambayeque otorgó pensión por viudez al 100 %, sin contar de manera previa con resolución de reconocimiento, declaración y calificación de la Oficina Nacional Previsional (ONP), según el informe que emitió la Contraloría General de la República.
 
A través del Informe de Acción de Oficio Posterior N°014-2022-OCI/0989-AOP con fecha 2 de diciembre de 2022, se hace de conocimiento la existencia de hechos irregulares evidenciados, lo que ha conllevado a la transgresión de normas pensionarias, obstrucción y limitación de las facultades otorgadas a las ONP, ocasionando un perjuicio económico al Estado por S/14 925.84.
 
Mediante el documento del Órgano de Control Institucional (OCI) se explica que, en el año 2016 la entidad otorgó mediante resolución en favor de la señora María Catalina Zeña viuda de Cerna, una pensión de sobrevivencia de viudez al 100 %, es decir, una pensión definitiva, por la suma de S/861.90, sin contar de manera previa con la resolución de reconocimiento, declaración y calificación de solicitudes derivadas de los derechos pensionarios de la ONP.
 
Asimismo, se pagó el beneficio por concepto de D.U. N°037-94 durante el periodo de abril 2016 a mayo 2021, siendo de naturaleza “no pensionable”, aunado a la remisión de información al ente regulador de pensiones, situación que ha conllevado a que la entidad realice pagos en exceso del 10 % ascendente a S/4 045.46 y el pago de S/10 880 38.
 
En otra parte del documento, se advierte que, la entidad emitió 4 resoluciones jefaturales, a fin de subsanar los errores materiales sobre el otorgamiento de pensión de viudez a favor de Zeña Vda. De Ceña, pese a ello persistía los errores materiales como la determinación de la pensión provisional al 100 % así como la inclusión de D. U n°037-94, situación que ha conllevado que la entidad a la fecha no puede anular el acto administrativo.
 
Además, se advierte que la entidad no ha cumplido con su obligación de remitir la documentación solicitada por la ONP, para el desarrollo de su facultad fiscalizadora.
 
 

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