Al interior de la Municipalidad Provincial de Chiclayo (MPCh) se rechazó una ampliación de plazo en la obra “Renovación de vereda, adquisición de mobiliario urbano: en (la) avenida Balta entre la Av. Pedro Ruiz y la Av. Garcilaso de la Vega”, la cual fue solicitada por el contratista.
Mediante la Resolución Gerencial n.° 0607-2022-MPCH-GIP, del 10 de noviembre de 2022, suscrito por el gerente municipal, Raúl Anderson Olano Guevara, se resuelve declarar improcedente la ampliación de plazo parcial n.° 05 por 41 días calendarios de la citada obra.
En dicha resolución, disponen encargar el cumplimiento de la referida resolución a la Gerencia de Infraestructura Pública, Subgerencia de Supervisión y Liquidación de Obras, Subgerencia de Logística y Control Patrimonial, quienes deberán disponer las acciones administrativas correspondientes para su ejecución.
REQUERIMIENTO
El 18 de octubre de 2022, el representante legal de Consorcio Asfaltos, Urbanos (contratista de la obra), Helmut Dani Leiva Dios envió a la Municipalidad Provincial de Chiclayo la Carta n.° 149-2022-CAU, en la cual solicita ampliación de plazo parcial n.° 05.
Asimismo, el pedido fue elevado a la empresa responsable de la supervisión de la obra, quien el 21 de octubre comunicó la denegación de dicha ampliación.
Al respecto, el 31 de octubre la MPCh a través de la Subgerencia de Supervisión y Liquidación de Obras emite pronunciamiento mediante Informe n.° 1746-2022-MPCH/GIPI-SGSLO, en el cual se detalla que el supervisor de obra declara no procedente la ampliación de plazo parcial n.° 05, motivo por el cual la fecha de término se mantendría hasta el 1 de noviembre del 2022.
“Esta Subgerencia de Supervisión y Liquidación de Obra concluye que se declare improcedente la ampliación de plazo parcial n.° 05 según el sustento indicado por el supervisor”, se detalla.
NOTIFICACIÓN
Asimismo, se recomendó realizar el acto resolutivo en la brevedad posible en el marco de lo establecido en la Ley de Contrataciones del Estado, argumentando que el 14 de noviembre de 2022 vencía el plazo para notificar al contratista.
Al respecto, el 3 de noviembre de 2022, la Gerencia de Infraestructura Pública solicita la emisión de acto resolutivo sobre la improcedencia de la ampliación de plazo parcial.
ARGUMENTOS DE SOLICITUD
En dicha resolución, se especifica que la contratista de la ejecución de la obra a través de la Carta n.° 149-2022-CAU argumenta su solicitud de ampliación de plazo parcial.
Además, precisó que la obra se encuentra retrasada a consecuencia de la demora por parte de la Municipalidad Provincial de Chiclayo, en la absolución de las consultas realizadas a la supervisión de obra y a la entidad, respecto a la nueva propuesta arquitectónica de módulos comerciales y módulos turísticos.
Además, figura la falta de aprobación por parte de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Lambayeque de los planos y especificaciones técnicas, módulos comerciales y módulos turísticos del expediente técnico de obra.