El Gobierno Regional (GORE) de Lambayeque declaró la nulidad del contrato para la ejecución de la obra “Mejoramiento del servicio de seguridad ciudadana en el distrito de Chiclayo” por presentación de documentación falsa del contratista.
Así lo establece la Resolución Ejecutiva Regional n.° 000554-2022-GR.LAMB/GR, del 27 de octubre de 2022, suscrita por el gobernador regional de Lambayeque, Anselmo Lozano Centurión.
Recientemente, La Industria difundió a través de un informe periodístico sobre la suspensión del contrato de la citada obra hasta que se culmine el control posterior por el GORE sobre la documentación presentada por el postor Consorcio Techquk.
NULIDAD
Sin embargo, ayer el GORE emitió la referida resolución en la cual especifica que se realizó la nulidad del contrato debido a la causal contemplada en el literal b) del numeral 44.2 del artículo 44 de la Ley de Contrataciones del Estado.
Es decir, cuando se verifique la trasgresión del principio de presunción de veracidad durante el procedimiento de selección o para el perfeccionamiento del contrato, previo descargo.
Tras la verificación al expediente de contratación, se constató que el contratista acreditó al especialista ambiental Alex Roel Bautista Tafur para participar de la obra, sin embargo, en el control posterior al certificado de trabajo que acredita la experiencia de este profesional se verificó que posee información (firma) falsa.
Tras los descargos del contratista, se desglosa que no ratifica la autenticidad del documento.
Frente a esta situación, la Oficina de Asesoría Jurídica del GORE recomendó la nulidad del contrato, en consecuencia, el titular de esta entidad resolvió la anulación.
Al respecto, dialogamos con el especialista en contrataciones del Estado, Germán Vásquez Merino, quien comentó “si el gobierno regional confirma que ese documento (certificado) sirvió para perfeccionar el contrato lógicamente es una causal de anulación del contrato, por cuanto violentó el principio de veracidad”.
En esa línea, refirió “veracidad significa que cuando se presentan documentos para que sean evaluados no se revisa inmediatamente, sino que la entidad confía en que los documentos que se presentan son verdaderos”.
“Aquí se podría entrampar porque el contratista considera que no es correcta la anulación declarada por la entidad, puede haber una conciliación o arbitraje y eso genera un retraso”.
Finalizó que la Contraloría de la República puede intervenir en esta situación.
PIDEN IDENTIFICAR RESPONSABILIDADES
Por otro lado, en el gobierno regional se proyecta deslindar responsabilidades sobre el hecho identificado.
En la mencionada resolución ejecutiva, también se resuelve encargar a la Oficina Regional de Administración del GORE determine las acciones administrativas correspondientes, en el marco de la Ley y Reglamento de Contrataciones del Estado, incluyendo el informe al Tribunal de Contrataciones, con respecto a los hechos que dieron lugar a la nulidad de Oficio, a fin de que dicho Tribunal dé inicio al procedimiento administrativo sancionador correspondiente.
Asimismo, se pide remitir una copia de los actuados a la Oficina Ejecutiva de Recursos Humanos para que proceda a su derivación a la Secretaría Técnica del Procedimiento Administrativo Disciplinario (PAD), para que actúe en correspondencia a sus funciones, respecto a los funcionarios y servidores involucrados en la elaboración y suscripción del contrato ahora anulado.
“Aquí también se debe determinar responsabilidades a los funcionarios responsables que permitieron que esta situación se presentara en una obra de S/ 30 millones, tanto del comité de selección como en Logística”
Germán Vásquez
Abogado