Nacen opiniones divididas en torno a las restricciones decretadas por el Gobierno a partir del 15 de diciembre en prevención de contagio del Covid-19.
Desde el lado médico se saluda la medida, pero desde el sector de los juristas consideran vulnera el libre tránsito.
El Decreto Supremo n.° 168-2021-PCM dispone que los mayores de 18 años que deseen ingresar a espacios públicos cerrados deberán presentar su carné físico o virtual que acredite haber completado su vacunación contra el Covid-19.
El exdirector regional de Salud de Lambayeque, Alejandro Cabrera Gastelo, sostiene que esta medida del Ministerio de Salud responde a criterios técnicos y científicos, por lo que “debe ser acatada por la población”.
Indica que siendo el Ministerio de Salud el organismo rector en el sistema de salud, es el indicado para expedir todo tipo de normas, al haber actualizado la normatividad de prevención sobre el covid.
“Se debe admitir, y a la ciudadanía le queda colaborar, porque no ha habido una cobertura cien por ciento de la vacunación y hay un sector que está en riesgo, que no han aceptado la vacunación, que confían en su inmunidad adquirida (…) entonces, debemos respaldar”.
VULNERA DERECHOS
Para el jurista Tito Esteves Torres, si bien esta norma es de carácter legal, “vulnera el derecho constitucional al libre tránsito y al derecho a la igualdad, salvo que se determine el estado de emergencia justamente por ese tema”.
Añade que esta debe ir acompañada por una norma “que establezca expresamente que es por el estado de emergencia en la que se encuentra el país y a efectos de evitar el contagio de otras personas que ya han sido vacunadas”.