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Publicado el Lunes, 08 de Febrero del 2021

Embrollo judicial posterga caso ‘El imperio del mal’

Juez Carlos Chanamé Chumán.
Como si no fuera suficiente con el ‘culebrón’ que de por sí despierta el caso de ‘El imperio del mal’, supuesta red criminal que, para la Fiscalía la integraría el gobernador regional, Anselmo Lozano, su vicegobernador, su gerente general y varias personas más, ayer esta investigación sufrió un duro revés.
 
Tal como lo adelantara La Industria en su edición de ayer, al conocerse que el juez, Carlos Chanamé Chumán, del Octavo Juzgado que estaba de turno el domingo, no sería el competente para conocer el requerimiento de prisión preventiva que, la fiscal Karín Ninaquispe solicitó para 17 miembros de esta supuesta red delictiva, se sembraba la controversia.
 
LA AUDIENCIA
La cita judicial virtual en la que se debatiría el pedido de prisión preventiva para los 17 implicados empezó a las 3:00 de la tarde, la misma que no terminó siendo instalada por el magistrado, Chanamé Chumán.
 
Dicha decisión la adoptó el juez tras escuchar la queja de más de un abogado defensor, quienes reclamaban, entre otras cosas, de que no se les había notificado los últimos elementos de convicción que argumentaría el Ministerio Público (MP).
 
El magistrado advirtió que existirían dos elementos de convicción que ha presentado la representante del MP que no fueron debidamente notificados a los abogados defensores.
 
“Esto, sin lugar a dudas, afectaría el derecho de defensa que les corresponde ejercer a los letrados, en este contexto, el juzgador como juez de garantías… se ordena en principio, no se va a instalar esta audiencia, en razón a que no se ha notificado la integridad los elementos de convicción…”, indicó Chanamé.
 
Acto seguido, agregó, “en razón de ello, a fin de garantizar el derecho a la defensa de los investigados se va a declarar frustrada esta audiencia y se va a reprogramar para el día lunes (hoy) a las 3:00 de la tarde, sin embargo atendiendo que el juzgador de turno (Chanamé) concluye el día de hoy (ayer) y verificando que la presente causa pertenece a un juzgado especializado, la audiencia debe realizarse con el juez del Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria (Reynaldo Leonardo Carrillo)…el presente proceso debe ser derivado al décimo juzgado de investigación preparatoria para la continuación del conocimiento”, acotó el juez.
 
 
ADMINISTRADORA DEL MÓDULO PENAL ENSAYÓ EXPLICACIÓN
 Frente a este escenario lleno de suspicacias, La Industria desde el último sábado por la noche buscó, a través de la oficina de Imagen Institucional la versión del presidente de la Corte Superior de Justicia de Lambayeque (CSJL), Juan Guillermo Piscoya, pero jamás la brindó.
Por eso ayer, una vez terminada la “frustrada” audiencia, este medio de comunicación logró entrevistar a la administradora del Módulo Procesal Penal de la CSJL, Patricia Cueva Sampén, quien sostuvo que, el magistrado (Chanamé) explicó en la audiencia, que hay una resolución expedida por el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial (PJ) estableciendo los turnos.
“Y cuando se trata de medidas restrictivas del derecho ahí quien lo tiene que resolver es el juez de turno, ese requerimiento (prisión preventiva) ingresó y tenía que ser programado de manera improrrogable dentro de las 48 horas, el magistrado ha explicado en la audiencia la resolución que lo amparaba, es por eso que ha conocido estos hechos, ha dado los motivos… ¿usted cree que en ese momento los abogados de la defensa no lo hubieran cuestionado?, ahí está la respuesta”, indicó Cueva Sampén.
Ante tal declaración, se le preguntó a la funcionaria judicial que, tomando en cuenta que existe otra disposición del Consejo Ejecutivo del PJ, la cual ordena que, los delitos de corrupción de funcionarios únicamente sean conocidos por un juez titular especializado en esta materia (Chanamé no lo es), ¿cuál de las dos disposiciones prevalece?
“Aquí el derecho tiene que ver con la privación de la libertad, se tiene que programar la audiencia de manera improrrogable, sea cual sea la naturaleza del proceso tiene que programarse sí o sí”, sostuvo.
 
ESPECIALISTA EN MATERIA PENAL DESENMASCARA LA SITUACIÓN
 Ante tal embrollo judicial, La Industria consultó con el experto jurisconsulto en materia penal, Jovino Castillo Castillo, quien consideró de “grave” toda esta situación.
“Acá no hay explicación, el Octavo Juzgado no tenía la competencia para conocer una prisión preventiva cuando ya el Décimo Juzgado había asumido la competencia por prevención al haber girado hace más de 10 días las órdenes de allanamiento y detención para todos los implicados; entonces, si el señor Chanamé estaba de turno, por encima de su criterio está la regla de la competencia de la especialidad, por lo tanto debió remitirlo al Décimo Juzgado”, explicó.
Jovino Castillo precisa que, en términos materiales, la audiencia jamás se instaló, “pero el gran problema es la resolución que convoca y programa, las cuales son emitidas por un juez incompetente, por cuando estas devienen en nulas”.
Ante esto, con todo lo acontecido ¿cuál es la situación legal de los imputados), a lo que Castillo, respondió, “ahí hay otro gran problema, ellos (detenidos) se encuentran sujetos a un plazo que ya caducó (10 días) y al haber resoluciones (de Chanamé) que son nulas o no tienen efecto legal, por lo tanto los detenidos no tienen un juez legal, prácticamente están en un estado de libertad arbitraria”.
Al preguntarle al jurista, qué significaba esto en la práctica, dijo, “si uno de los abogados de los detenidos, en estos momentos o antes de que empiece la audiencia de mañana (hoy) interpone un hábeas corpus en cualquier parte del país podrían darle toda la razón, por lo tanto saldrían en libertad, naciendo ahí el peligro de fuga”.
Por último, se le pidió una opinión ante lo declarado por la administradora del Módulo Procesal Penal de la CSJL, Patricia Cueva Sampén, y Jovino Castillo, ‘disparó’, “las resoluciones administrativas (a las que hizo mención la funcionaria) son complementarias a la ley; es decir, acá la ley está por encima de cualquier resolución, recuerde que hay un antecedente con el caso del exalcalde de Chiclayo David Cornejo, donde se estableció jurisprudencialmente que todos los delitos de corrupción de funcionarios pasarían al Décimo Juzgado”.
 
GERMÁN VÁSQUEZ: QUEDA PARA LA ESPECULACIÓN
Otro de los consultados por La Industria fue el conocido penalista, Germán Vásquez Merino, quien afirmó que, para todos fue una sorpresa que haya recibido un juez que no ha conocido de la detención preliminar el requerimiento de prisión preventiva.
“Lo correcto, lo lógico, lo natural en este proceso era que este mismo juez, Reynaldo Leonardo Carrillo, del Décimo Juzgado de Investigación Preparatoria, sea el que vea la prisión preventiva, repito, fue una sorpresa saber que había ido el caso a otro juzgado que no tiene nada que ver”, comentó.
Vásquez Merino agrega que, de repente pudo haber sido un error en mesa de partes virtual.
“O lo que sea, el hecho es que este juez (Chanamé) no debió conocer el caso, ahora que luego haya dicho que falta notificar y no se instala la audiencia y pase al juez que corresponde, eso queda para la especulación, pero que no debió conocerlo, no debió, eso es lo correcto”, enfatizó.
 
 

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