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Publicado el Miercoles, 02 de Diciembre del 2020

Lambayeque es declarado en emergencia por déficit hídrico

Declaran a Lambayeque en emergencia por déficit hídrico, por lo que agricultura espera un real apoyo del Gobierno a esta actividad económica.
El Gobierno declaró el estado de emergencia en Lambayeque y otras regiones, por peligro inminente ante el déficit hídrico. Así lo dispone el Decreto Supremo N° 185-2020-PCM publicado el martes en el boletín oficial de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, que precisa que la medida de excepción regirá por un plazo de 60 días calendario.
 
Durante ese periodo se podrá ejecutar medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias de reducción del muy alto riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación en caso amerite.
 
En la provincia de Chiclayo declaró en emergencia los distritos de Cayaltí, Chongoyape, Lagunas, Monsefú, Nueva Arica, Oyotún, Pátapo, Pomalca, Pucalá, Reque, Zaña y Tumán; así como en los ditritos de la provincia ferreñafana de Incahuasi y Pítipo, mientras que en Lambayeque lo hizo en Íllimo, Jayanca, Mochumí, Motupe, Olmos, Pacora, Salas y Túcume.
 
La medida fue solicitada a fines de noviembre por el Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego (Midagri) que pidió al Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) la declaratoria del estado de emergencia por peligro inminente ante déficit hídrico en varios distritos de algunas provincias de Áncash, Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, y Cajamarca por peligro inminente ante déficit hídrico.
 
Al respecto, Indeci emitió diversos informes que incluyen información técnica elaborada por el Minagri, el Servicio Nacional de Meteorología e Hidrología del Perú (Senamhi), el Centro Nacional de Estimación, Prevención y Reducción del Riesgo de Desastres (Cenepred) y la Sub Dirección de Sistematización de Escenarios de Riesgos de Desastres (SIERD), que opinan sobre la procedencia de la declaratoria de estado de emergencia, por peligro inminente ante déficit hídrico.
 
La norma indica que los gobiernos regionales de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Cajamarca y Áncash, y los gobiernos locales comprendidos, con la coordinación técnica y seguimiento permanente del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y la participación de los ministerios de Salud, Educación, Desarrollo Agrario y Riego, Vivienda, Construcción y Saneamiento, Desarrollo e Inclusión Social, Interior; y de Defensa, además de otras instituciones públicas y privadas involucradas, ejecutarán las medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias de reducción del muy alto riesgo existente, así como de respuesta y rehabilitación, en caso amerite.
 
Agrega que dichas acciones deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificados de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.
 
Por último, remarca que la implementación de las acciones previstas en el presente decreto supremo se financia con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, de conformidad con la normatividad vigente.
 
La norma lleva la firma del presidente de la República, Francisco Sagasti; y es refrendado por la presidenta del Consejo de Ministros, Violeta Bermúdez; y por los ministros de Salud, Pilar Mazzetti; Educación, Ricardo Cuenca; Desarrollo Agrario y Riego, Federico Tenorio; Vivienda, Construcción y Saneamiento, Solangel Fernández; Desarrollo e Inclusión Social, Silvana Vargas; Interior, Rubén Vargas; y Defensa, Nuria Esparh.
 

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