Un grupo de comerciantes informales del mercado Modelo, conformó el Comité Cívico para la consulta popular de revocatoria del alcalde de Chiclayo, Marcos Gasco Arrobas.
El dirigente, José Callao Paico; quien apunta a ser el promotor de la consulta popular de revocatoria, sostuvo que los comerciantes informales se organizarán, para conseguir el 25 por ciento de firmas de los electores de la circunscripción, que urge para cumplir con uno de los requisitos para solicitar al Jurado Nacional de Elecciones la consulta popular de revocatoria.
Afirman que recorrerán todos los distritos de la provincia de Chiclayo, para recolectar las firmas y cumplir con uno de los requisitos conforme a la Ley Electoral. Estas firmas tendrán en el Reniec, su primer filtro para verificar su autenticidad, así lo establece la normativa electoral.
El dirigente de los vendedores informales precisó que buscarán el apoyo de sus compañeros del complejo de mercados Moshoqueque del distrito de José Leonardo Ortiz y de otros mercados de la provincia de Chiclayo, estiman en número de 12, para poder llegar a recolectar todas las firmas que necesitan para solicitar la consulta popular.
No descartó aliarse con otros gremios, sindicatos, colegios profesionales o colectivos de la sociedad civil organizada de la provincia para iniciar el proceso de revocatoria contra el burgomaestre chiclayano, Marcos Gasco Arrobas, con quien aduce no han encontrado diálogo para debatir propuestas que permitan arribar a acuerdos con los ambulantes.
La principal causal para solicitar la consulta popular de revocatoria del alcalde de Chiclayo es, según los informales, el incumplimiento de promesas electorales, como el de dar propuesta de solución concertadas con el comercio ambulatorio, que asevera es una actividad económica de la que viven miles de familias en la región Lambayeque y en el interior del país.
“Chiclayo puede salir adelante. Pero le invoco al alcalde Marcos Gasco a honrar con sus ofrecimientos de campaña electoral, que están inscritas en su plan de trabajo presentado al Jurado Nacional de Elecciones”, dijo Callao Paico.
El dirigente también mencionó otros temas que no ha mostrado indicios de cumplir como el ordenamiento del tránsito de Chiclayo. “Las avenidas y calles del centro de Chiclayo y sus alrededores son un caos”, puntualizó, tras indicar que el problema del recojo de la basura, es otro tema pendiente de optimizarlo en 10 meses de gestión edil.
“Como chiclayano percibo que este servicio es deficiente y no ha logrado cubrir al 100% la recolección de los residuos sólidos y por este y otros temas, terminarán tentando su revocatoria”, advirtió José Callao.
La sociedad civil organizada también anunció a inicios del presente año que promoverá la consulta popular de revocatoria de Marcos Gasco.
Pedido de la ONPE
La solicitud se presenta ante la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE), debe estar fundamentada y no requiere ser probada. La ONPE resuelve las solicitudes presentadas en un plazo no mayor de treinta (30) días calendario, en caso de ser denegada procede recurso de apelación ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) el cual resuelve dicho recurso en un plazo no mayor de quince (15) días calendario. No procede recurso alguno contra dicha resolución. El Jurado Nacional de Elecciones (JNE) convoca a consulta popular para las solicitudes que han sido admitidas.
Las causales de vacancia o suspensión y los delitos no pueden ser invocados para sustentar los pedidos de revocatoria.
Los fundamentos deben ser hechos públicos por los promotores y por los organismos electorales a través de los medios de comunicación desde que se declara admitida la solicitud de revocatoria y hasta que se realice la consulta.
Inscripción ante el JNE
Es obligatoria la rendición de cuentas de los ingresos y egresos indicando la fuente con sustento documental, tanto de los promotores como de la autoridad sometida a revocación. Su incumplimiento conlleva el pago de multa de hasta treinta (30) unidades impositivas tributarias (UIT) a favor de los organismos electorales.
Los promotores de manera individual o como organización deberán inscribirse en el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) una vez convocado el proceso, a fin de quedar legitimados para promover la revocatoria o defender a la autoridad en proceso de revocación y serán reconocidos por resolución expresa de la autoridad electoral correspondiente.