Una acción de inconstitucionalidad prepara el sector empresarial contra el Decreto Legislativo N° 1422, el cual modifica la Ley General de Sociedades, facultades que, según los expertos, no le fue otorgada al Ejecutivo, pero las aplicó.
Al respecto, María Astrid Reynoso de Vargas, presidenta del Comité Gremial de Asuntos Tributarios de la Cámara de Comercio y de la Producción de Lambayeque, indicó que la aplicación de este decreto deviene en una aberración, por una serie de vicios que lo acompañan.
Reynoso explicó, que la norma ordena que las compañías que cuenten con Directorio tienen plazo hasta el día de hoy, 29 de marzo, para ratificar o modificar los planeamientos tributarios realizados entre los años 2012 al 2018 que hayan continuado generando efectos hasta el 14 de setiembre de 2018.
Refiere que, este decreto establece que el Directorio de las compañías tiene la obligación de participar en la estrategia tributaria de la empresa y, además, ha precisado que esa obligación es indelegable.
Asimismo –comenta la especialista– la norma presume que los representantes legales de las compañías son responsables solidarios con su patrimonio cuando la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (SUNAT), en el marco de un procedimiento de fiscalización, detecte casos de elusión fiscal.
“En este contexto, es de vital importancia que los Directorios vía acta de sesión cumplan, hasta el día de hoy (29 de marzo) con la obligación de efectuar la referida ratificación o modificación de planeamientos tributarios, a fin de evitar contingencias fiscales que pongan en riesgo el patrimonio de las empresas y el de sus representantes legales”, recomendó.
IMPUGNACIÓN
Frente a este escenario, el cual los empresarios consideran ilegal, alistan una acción de inconstitucionalidad, basada en que el Ejecutivo recibió facultades para legislar sobre temas de índole tributario, mas no para modificar la Ley General de Sociedades.
“La Ley General de Sociedades establece que el Directorio tiene facultades delegativas, o sea, sí puede delegar, pero el Decreto precitado dice que las facultades de un Directorio son indelegables, lo cual es una aberración”, señaló la doctora Reynoso.
La experta subrayó, que la acción de inconstitucionalidad será la herramienta que utilicen una vez que la SUNAT comience a querer ejecutar esta norma.
“Ahorita le establecieron a todos los contribuyentes simplemente obligaciones formales que vencen hoy día, pero de aquí viene la fiscalización definitiva, porque tan solo así se puede recalificar los gastos”, aseveró.
Otro punto que convierte en inconstitucional esta norma desde las perspectiva de la empresaria, es la falta de reglamentación de la misma.
“Ningún decreto es aplicable mientras no esté reglamentada y el Ejecutivo aún no la reglamenta, recién lo hará en abril, por lo tanto, no se puede pretender exigir que esta norma suspendida en el 2012 sea prácticamente aplicable entre el 2012 y 2018”, acotó.