Fiscalía los acusa de haber cometido el delito de corrupción de funcionarios, en colusión agravada.
La Fiscalía Especializa-da en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lambayeque solicitó prisión para exfuncionarios de la Empresa Prestadora de Servicios - Epsel, imputados de la presunta comisión del delito contra la ad-ministración pública, en la modalidad de colusión agravada, en agravio del Estado.
De acuerdo con el expediente fiscal N°24060 75500-2022-207-0, la investigación se dirige a María Antonia Bernabé Carrillo como responsable de la supuesta comisión del delito. Adicionalmente, la Fiscalía Anticorrupción está indagando a Miguel Nicolás Fanzo Níquen, José Osvaldo Rivera Zeta, Roberto Castro Quiroz, Giovanni Milla Risco y Ricardo Bruno Yupari como posibles cómplices de colusión agravada.
En el registro fiscal, se especifica que los imputados se habrían asociado para pepetrar supuestas acciones ilegales mencionadas en el informe del control específico N.° 006-2022-2-3472-SCE, “Adquisición de medios filtrantes para la eliminación de arsénico, localidad Pacora, año 2021”, del 7 de abril del 2022. En este informe, se señalan presuntas acciones irregulares realizadas por los responsables de la empresa de EPSEL en ese momento.
El informe especifica que la entidad convocó un proceso de selección centrado en una marca, lo que constituyó una propuesta no aceptada pese a no satisfacer los criterios que la OSCE estableció, lo que resultó en su anulación, provocando demoras en la compra de los productos.
A través del informe N.° 331-2020-EPSEL S.A.-GG/GO, del 10 de abril de 2024, Miguel Fanzo Niquén, exgerente operacional, solicitó la compra del lecho filtrante Ferrolox utilizado para eliminar el arsénico del agua, señalando que era imprescindible tener-lo en inventario a fin de mantener la calidad del agua para el consumo humano en la localidad de Pacora, considerando que la duración de este compuesto químico es breve y necesita ser reno-vado cada cierto periodo.
Para tal fin, otorgó el documento de pedido N.° 2001314, del 9 de septiembre del 2022, y las especificaciones técnicas, que se emplearon a través del memorando N.° 218-2020-EPSEL S.A.-GG/GO, del 5 de octubre del 2020.
El expediente fiscal especifica que este pro-ducto de marca “ferrolox” carece de una justificación técnica, lo que restringe o limita la libre concurrencia o competencia de los proveedores. Esto significa que está prohibido de acuerdo con lo establecido en el reglamento de la ley de contrataciones del Estado.
Así pues, el resultado de la revisión realizada por el departamento de compras de la propuesta de logística se modificó al suprimir la indicación explícita de la marca; no obstante, se conservaron las mismas especificaciones técnicas de acuerdo a lo que se muestra en el procedimiento llevado a cabo.