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Publicado el Lunes, 09 de Mayo del 2022

Confirman responsabilidad civil de exalcalde Torres

Poder Judicial confirmó responsabilidades civiles y penales de exautoridades de Chiclayo por compra de exlocal de Mutual.
El Poder Judicial confirmó la responsabilidad civil del exalcalde de Chiclayo, Roberto Torres Gonzales, por el delito de malversación de fondos en agravio de la comuna. La exautoridad deberá pagar S/10,000.00 como concepto de reparación civil en el proceso que originó la compra del exlocal de la Mutual Chiclayo en 2013.
 
SENTENCIA
La sentencia de segunda instancia fue dictada por los magistrados de la Segunda Sala de Apelaciones de Chiclayo quienes advirtieron que Torres sí tuvo una responsabilidad civil en la compra del exlocal de la Mutual, aunque haya sido previamente absuelto de los cargos penales.
 
“El alcalde es el titular del pliego”, se señaló en lectura de sentencia, para agregar que, si bien Torres delegó la función a su exgerente Ciro Chávez Martos para la ejecución de modificaciones presupuestarias, como sucedió con la adquisición de dicho local, debió fiscalizarlo para evitar irregularidades en las tareas delegadas.
 
No obstante, el colegiado superior acordó reducir el monto asignado a la reparación civil de S/100,000.00 a S/10,000.00 debido a que la Fiscalía no acreditó el “daño gravitante” ocasionado a la municipalidad tras la malversación de fondos.
 
El caso de la ex Mutual data de 2013, cuando el exalcalde Torres y sus regidores aprobaron la compra de dicho establecimiento y así atender el déficit de locales que tenía la municipalidad, tras el incendio que sufrió el palacio municipal. En la investigación se determinó que el exgerente Ciro Chávez Martos autorizó una modificación presupuestal de la inversión asignada a 3 proyectos públicos para la ciudad, y así costear la compra de la Mutual por S/3’780,000.00, lo que configuró el delito de malversación de fondos.

Confirman condena de exgerente
En esta audiencia, la Sala también confirmó la pena de 2 años de cárcel efectiva contra Ciro Chávez, tras demostrarse que fue quien modificó el presupuesto para destinarlo a la compra del local aludido, pese a no estar autorizado para hacerlo, y porque dicha modificación no se sustentó debidamente.
 
Su defensa había alegado inicialmente que la modificación se hizo porque las tres obras eran inejecutables, aunque no pudo explicar por qué los referidos proyectos tenían esa calidad si a la fecha de los hechos, ya contaban con presupuesto, perfil y código SNIP, y estaban próximos a realizarse.
 
La Sala confirmó la absolución de los exregidores del exalcalde y se les eximió el pago de una reparación civil que fue fijada en sentencia de primera instancia.
 
 

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