El Proyecto Especial Olmos Tinajones (Peot) realizó una irregular contratación de 16 locadores de servicio al no requerir las cotizaciones previas como establecía la ley, indicó la Contraloría de la República.
A través del Informe de Control Específico N°002-2022-2-0610-SCE, se explica que las áreas usuarias del Peot no solicitaron las cotizaciones para las respectivas contrataciones, las mismas que debieron estar de acuerdo a la norma interna, la cual señala que cuando las contrataciones están entre las 3 UIT y las 8 UIT deben tener tres o más cotizaciones que cumplan con las características y condiciones de las especificaciones técnicas o términos de referencia.
Asimismo, se señala que la entidad cuestionada tampoco elaboró un cuadro comparativo de las cotizaciones propuestas considerando la oferta de menor monto, o que cumplan con las condiciones y características establecidas en los téminos de referencia requeridos por el área usuaria.
Esto, agrega el informe, evidenció que el procedimiento no estuvo normado, aún mas cuando se advirtió que la convocatoria de las contrataciones se hizo a través de la página web de la entidad, y que se conformaron comités evaluadores con integrantes cuya labor tampoco se encontraba normada.
Quizá la parte más importante de este informe es cuando se narra que en las citadas convocatorias donde se contrataron a los 16 locadores de servicio, se seleccionó a personal que no cumplió con acreditar el cumplimiento de los requisitos mínimos establecidos en los Términos de Referencia, e incluso se advirtió que, en algunos casos, los contratos se suscribieron antes de contar con la certificación presupuestal previa requerida.
Dentro de las recomendaciones formuladas al Peot es que se inicie las acciones legales penales contra los funcionarios y servidores públicos comprendidos en los hechos que ocurrieron entre enero y diciembre de 2019.
EXFUNCIONARIOS INMERSOS
En el Informe de la Contraloría han sido comprendidos los exgerentes: Segundo Leopoldo Fernández León, Percy Clarecen Llontop Montenegro, Rogger Alamo Valdera, Victor Ricardo Quijano Chávez, Miguel Ángel Díaz Espino, Julio Iván Torres Marique, Juan Vicente Hernández Alcántara, Francisco Delgado Seytuque, William Eduardo Gomez Ponce, Ricardo Lima Pantoja, César Unir Medina Meoño y Luis Isrrael Rojas León, por realizar los procedimientos de contratación n° 2, 6, 7, 21, 42, 47, 75, 76, 79, 81, 94, 111 y 210-2019, apartándose de la directiva “Normas y Procedimietos para la contratación de bienes y servicios”.