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Publicado el Domingo, 21 de Marzo del 2021

Cuestionan millonarios pagos anticipados en obra

Ciudadano denunció presunta anomalía en obra ejecutada por la municipalidad pimenteleña.
El ciudadano Rogger Ramírez Román denunció una presunta irregularidad en la obra “Reparación de obras exteriores; en las calles Miguel Grau cuadras 01-04, Torres Paz cuadras 01-06, Chiclayo cuadras 02-08, José Quiñones cuadras 02-08, Buenos Aires cuadras 04, 05. Francisco Bolognesi cuadra 08, José Balta cuadras 05,06,07,08. Lima cuadras 05,06,07,08, del centro urbano del distrito de Pimentel, provincia Chiclayo, departamento Lambayeque”, la cual es ejecutada por la Municipalidad Distrital de Pimentel.
 
Según detalla Ramírez en la carta n.° 003-2021, la referida comuna habría ha fectuado el pago por adelantado de materiales por más de un millón de soles al contratista de la citada obra, pese a que el concejo no firmó contrato con la empresa supervisora ni se designó al ingeniero supervisor del proyecto.
 
HECHOS
El escrito indica que el 28 de diciembre del 2020; la comuna, a través del comité de selección del proceso de procedimiento de contratación pública especial n.° 007-2020-MDP, en su primera convocatoria decide otorgar la buena pro al consorcio Construyendo Pimentel.
 
Posteriormente, el 9 de febrero del 2021, el mencionado consorcio, presentó a través de la gerencia de Infraestructura y Desarrollo Urbano y Rural la carta n.° 04, solicitando el trámite y autorización respectiva a fin de que se proceda el pago de la fianza de adelanto de materiales por el importe de S/ 1’ 055 497 90.
 
Ante ello, refiere que el gerente de Infraestructura y Desarrollo Urbano y Rural, Atilio Pérez Terrones, priorizó dicho pedido y lo derivó a la oficina de Obras para que de manera urgente sea atendida y se proceda con el pago.
 
Líneas seguidas, detalla que dicho pago se realizó con fecha 23 de febrero del 2021, cuando aún no se había dado la buena pro de la supervisión para esta obra, el cual recién se otorgó el 1 de marzo del mismo año al postor Pasco Asociados.
 
Ante ello, Ramírez específica que al realizar el referido pago se estaría cometiendo el presunto delito de Negociación Incompatible, tipificado en el art. 399 del Código Penal.
 
La Industria conversó con el alcalde distrital de Pimentel, José Palacios Pinglo, quien manifestó “hay un comité seleccionador que se encarga sobre la obra, yo me enteré después que ha sucedido, entonces lo consulté con la administradora y el gerente (Pérez) y me dijeron que estaban dentro de las normas legales y si es así entonces que prosiga … la obra está marchando bien, los trabajos ya empezaron ayer”.
 
LEY AVALA PAGO
Este medio consultó con el abogado Germán Vásquez sobre el referido tema e indicó “en el art. 180 del Decreto Supremo n.° 344-2018-EF de La Ley de Contrataciones del Estado sí permite estos adelantos … establece que puede haber dos clases de adelantos, uno es adelantos directos que no deben pasar el 10% del costo de la obra (monto original) y también establece que se le puede dar un adelanto para materiales que no debe pasar el 20% del monto de la obra”.
 
En ese contexto, le interrogamos ¿se puede adelantar el pago sin que tenga supervisor?, y dijo “exacto … si es que en las bases lo han establecido y aparece en el contrato que luego se firma cuando se otorga la buena pro, no habría ninguna dificultad y se ha actuado sumiéndose en lo que establece la ley de contratación”.
 
Dijo que también se debe tener en cuenta el art. 182 de la referida ley que detalla los calendarios y plazos del pago de adelanto para la compra de materiales.
 
 

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