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Publicado el Martes, 27 de Agosto del 2019

Prescribe inicio de proceso a exjefe de Logística del GRL

Un hecho por el que deberán responder los responsables en la sede regional.
Tras ocho años de sucedidos los hechos, vía Resolución Gerencia Regional N° 000118-2019, la gerente general del Gobierno Regional de Lambayeque (GRL) María Rita Castro Grosso, resolvió la prescripción de oficio para el inicio del procedimiento administrativo disciplinario por presuntas faltas disciplinarias, contra el exservidor, Víctor Rafael Santisteban Herrera, exjefe de la oficina de Logística.
 
De acuerdo al documento, el 3 de setiembre del año pasado, el entonces jefe de Logística del GRL, Yosip Mejía Díaz, informó que la Secretaría Técnica de Procedimientos Administrativos Disciplinarios evidenció la existencia de documentos referentes a un procedimiento, esto respecto a una deuda a favor de una ferretería agrícola.
 
Dicha deuda, según la resolución, habría sido contraída durante los meses de setiembre y octubre de 2011, debiendo haberse cancelado durante la ejecución de las obras “Mejoramiento Canal de Riego Yortuque, tramo crítico” y “Construcción y Equipamiento de la Compañía de Bomberos de JLO”.
 
“…en tanto se contaba con el presupuesto necesario para atender lo solicitado por la empresa, aspecto que ha quedado demostrado con los Informes emitidos tanto por el director de obras, así como por los residentes de esas obras, quienes informaron que durante ese período existió la disponibilidad presupuestal para atender dicha contingencia”, reza el documento.
 
¿PERJUICIO?
El escrito describe que la situación originaba al GRL “contingencia económica, y que pueda ser objeto de una posible demanda legal por parte de dicha empresa”, por tal razón se derivó a fin de que se deslinde de responsabilidades que puedan presentarse por inacción y omisión de funciones, además de la existencia de presunta responsabilidad administrativa en que habría incurrido los funcionarios por no haber honrado oportunamente la citada deuda.
 
“…se puede concluir que las faltas que podrían ser imputadas al exservidor se habrían suscitado durante la gestión 2011 a 2014; por lo que teniendo en cuenta que la prescripción para los exservidores es de dos años, por una cuestión lógica, se determina que a la fecha ha superado el tiempo límite para iniciar procedimiento administrativo sancionador en contra del mencionado exservidor…”, se lee.
 

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