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Publicado el Lunes, 17 de Agosto del 2026

Expresidente Balcázar pide ser juzgado en otra ciudad

Defensa legal pidió que proceso sea derivado a un tribunal de la Corte de Lima o, en todo caso, a La Libertad.
Su defensa legal presentó recurso para que el proceso sea ventilado en un tribunal de Lima o La Libertad.
 
El expresidente de la República, José María Balcázar, pidió que su juicio por la presunta comisión del delito de apropiación ilícita en agravio del Ilustre Colegio de Abogados de Lambayeque sea revisado en un juzgado de Lima.
 
A Balcázar se le acusa de apropiarse de más de 900 mil soles durante su gestión como decano del Colegio de Abogados de Lambayeque en el período 20192020, proceso que es seguido por el Segundo Juzgado Unipersonal de Chiclayo, en donde ya se ha iniciado una primera diligencia, la misma que consistió en la lectura de sus generales de ley, como su grado de educación, profesión, dirección, número de contacto e ingresos. En esta etapa, el mandatario no supo responder con exactitud a cuánto ascendía su remuneración como mandatario. “Entre 20 y 30 mil”, dijo.
 
El pedido de competencia de transferencia para ser juzgado por un distrito judicial distinto al de Lambayeque no es nuevo, ya que en el año 2024 presentó similar recurso para que sea un juzgado de Lima o Libertad el que se encargue de procesar su causa.
 
La defensa legal del expresidente Balcázar usó como sustento un posible riesgo de parcialidad de ser procesado en Lambayeque. Si bien el proceso el primer pedido que fue desestimado por el tribunal que lo procesa, el caso presentó nuevos inconvenientes, ya que, en el año 2025, debido al tiempo transcurrido, el Poder Judicial declaró la prescripción del delito en el aspecto penal, pero no en el aspecto civil.
 
LOGROS DE LA DEFENSA
 
Asimismo, en junio de 2026, su defensa logró que el entonces congresista Balcázar no enfrentara el proceso debido a su designación como presidente del Perú.

El abogado de Balcázar, Víctor Raúl Pariona Lozano, sustentó la excepción de prescripción de la acción civil alegando que, debido a que el mandatario es mayor de 65 años, el plazo debe reducirse a la mitad. Indicó que, de acuerdo a reciente jurisprudencia, el plazo para solicitar una reparación civil prescribe a los dos años de haberse archivado la acción penal.

De manera subsidiaria, Pariona invocó el artículo 117 de la Constitución, que limita la acusación penal contra el presidente en ejercicio a cuatro supuestos: traición a la patria, impedimento de elecciones, disolución inconstitucional del Congreso e impedimento del funcionamiento del sistema electoral. Al no encuadrar el delito imputado en ninguno de esos supuestos, argumentó que Balcázar no puede ser sometido a ningún juicio mientras ejerza la presidencia y pidió la suspensión del proceso hasta el término del mandato, el 28 de julio de 2026.

La fiscal Bianca Baique Sánchez rechazó ambos pedidos. Sobre la prescripción, precisó que el plazo de dos años no comenzó a correr el 12 de junio de 2025, fecha de la resolución que declaró extinta la acción penal, sino el 18 de junio de ese año, cuando venció el plazo para que el Ministerio Público pueda apelar. En consecuencia, la prescripción civil recién podría declararse el 17 de junio de 2027, por lo que el plazo se encuentra vigente.

OPOSICIÓN FISCAL

Respecto a la reducción del plazo por edad, el Ministerio Público advirtió que esa figura solo aplica para el ámbito penal y no para una eventual reparación civil.

Sobre la solicitud de suspensión del juicio oral, la fiscal señaló que el artículo 117 de la Constitución regula exclusivamente la acusación constitucional de contenido penal, y que el proceso ya no involucra persecución penal alguna, sino una pretensión de reparación civil.

Ante la eventual consideración del juzgado sobre la investidura presidencial, la fiscalía planteó como alternativa la suspensión del cómputo del plazo de prescripción civil desde el 18 de febrero de 2025, fecha en que Balcázar asumió la presidencia, hasta el 27 de julio de 2026.
 

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