Regional
Publicado el Domingo, 31 de Marzo del 2024

MPCH anuló licitación de tres obras en pistas

Municipalidad de Chiclayo sufre un leve retraso para la ejecución de sus proyectos.
Comuna decidió nulidad ante omisión del postor y comité de selección en una etapa del proceso.
La ejecución de tres obras de reparación de pistas y veredas a cargo de la Municipalidad Provincial de Chiclayo (MPCH) se retrasa debido a que la adjudicación al postor se anuló por infringir la normativa de contrataciones.
HECHOS
De acuerdo con la revisión efectuada en el Sistema Electrónico de Contrataciones del Estado (Seace), se muestra que, el 6 de marzo de este año, el municipio chiclayano otorgó la buena pro al postor Constructora y Multiservicios Cercado S.R.L. para la ejecución de tres inversiones de optimización, ampliación marginal, reposición y rehabilitación (IOARR) que integran la adjudicación simplificada N° 01-2024-MPCH/CS.
Entre estas inversiones figuran: “Reparación de pista en el (la) avenida Miguel Grau, desde la calle Manuel María Izaga hasta la calle Elías Aguirre”, así como la “Reparación de pista y vereda en el (la) calle San José, desde la avenida Eufemio Lora y Lora hasta la calle San Martín” y “Reparación de pista en el (la) avenida Sáenz Peña, desde la calle Arica hasta la avenida Pedro Ruiz Gallo”.
Sin embargo, en el mismo portal del Seace aparece la Resolución de Alcaldía N° 181-2024/A, del 20 de marzo de 2024, suscrita por la alcaldesa Janet Cubas Carranza, en la cual se resuelve declarar la nulidad de oficio del citado procedimiento de selección por la causal de contravención de las normas legales.
Asimismo, la comuna emitió previamente la Resolución de Alcaldía N° 176-2024-MPCH/A, del 14 de marzo de este año, en la cual se declara el inicio de la nulidad del otorgamiento de la buena pro a favor de la empresa Constructora y Multiservicios Cercado S.R.L.
De acuerdo con lo identificado al interior de la comuna, se advierte que el comité de selección otorgó la buena pro a dicha empresa, omitiendo la verificación del documento que acredita su representación, es decir, la copia del certificado de vigencia de poder del representante legal de la empresa, conforme lo dispuesto en el artículo 73° del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, así como lo señalado en las bases integradas.
 

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