Al constatarse que el sentenciado exalcalde de Chiclayo, David Cornejo Chinguel, se encuentra en su domicilio, tendrá que ser el Poder Judicial el que disponga su detención, tras el allanamiento de su vivienda, señalan juristas, descartando que la Policía Judicial lo haga, por su propia cuenta.
El último 24 de enero, el notario Segundo Alfredo Santa Cruz Vera corroboró la situación y condición actual de Cornejo Chinguel, mediante una constatación en su domicilio ubicado en la calle Almirante Villar 320, de la urbanización Santa Victoria, con lo cual se desvirtuaba una posible fuga.
Sin embargo, llamaba la atención que no haya sido capturado, a pesar de tener ubicación exacta del exalcalde, quien en adelanto de fallo del pasado 11 de enero fue condenado a 5 años y 5 meses de prisión efectiva, por el Juzgado Penal Unipersonal Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Lambayeque
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SERÁ EL JUEZ
La Industria recurrió a dos juristas lambayecanos, quienes coincidieron en señalar que será el juez el que disponga un posible allanamiento de su domicilio y la detención posterior, tras conocerse la ubicación de David Cornejo.
El jurista Tito Esteves Torres, sin embargo, señala que dicho allanamiento ya no podría ordenarse desde el mismo despacho del juez que dictó la sentencia contra el exalcalde.
“Lo dudo, porque si el sentenciado ha interpuesto recurso impugnativo de apelación ya el juez prácticamente no puede actuar y perdió jurisdicción”, precisa; hecho que podría prolongar la detención hasta que se resuelva el recurso interpuesto.
Aclara que si la Policía Judicial no efectuó la detención es porque esta solamente lo puede detener y capturar cuando el sentenciado esté en un lugar público y no en su domicilio, “salvo que tenga autorización del juez para que ingrese a su vivienda”.
COVID NO IMPIDE DETENCIÓN
El abogado Jesús Jiménez Labán señala que quien debe resolver sobre la situación jurídica y una posible detención de David Cornejo, al determinarse que se encuentra en su vivienda, será el Poder Judicial.
Indica que aunque el sentenciado se encuentre con un proceso de contagio de Covid-19, el juez puede ordenar el allanamiento de su vivienda.
“Si el juez ordena, no importa si tiene Covid, lo captura y ya dispondrá el ingreso a un establecimiento de salud, pero para que lo pueda capturar dentro de su vivienda, solo y únicamente se requiere decisión del juez”, afirma.