En una de visita de control, la Contraloría General de la República (CGR) advirtió la extracción de material de acarreo al margen de la normativa, en el cauce del río Ñaupe a la altura del kilómetro 143, en el lado derecho del tramo n.° 5 de la división Olmos-Piura.
En el informe de control n.° 019-2020-OCI/2137-SVC, la CGR evidenció que la Municipalidad Distrital de Olmos autorizó dicha extracción a la empresa operadora de la concesión vial IIRSA Norte, la cual no habría cumplido con el procedimiento establecido e inobservando la normativa vigente, afectando el logro de los objetivos de la citada entidad.
El Órgano de Control Institucional (OCI) de la Municipalidad Distrital de Olmos, solicitó documentación a las diferentes áreas competentes, las cuales indicaron que en su acervo documentario no obran autorizaciones de extracción de material de acarreo.
En tal sentido, se advierte que la entidad emitió la Resolución de Alcaldía n.° 351-2019-MDO/A del 6 de setiembre de 2019, con la que otorgó autorización municipal a la Empresa Operadora de Concesión Vial IIRSA NORTE, para la extracción de materiales de acarreo, sin cumplir con el procedimiento establecido en la Ordenanza Municipal n.° 009-2017-MDO.
Durante el período de evaluación, realizado entre el 4 de setiembre al 2 de octubre de 2020, la municipalidad edil no efectuó el debido control del cumplimiento de los plazos de los pagos de las cuotas mensuales por derecho de extracción de materiales de construcción a cargo de la mencionada concesionaria, según el cronograma establecido en el contrato. Observó asimismo las disposiciones contractuales, así como la recaudación oportuna de los ingresos a las arcas municipales.
Igualmente, los auditores alertaron que la entidad no controló el tipo y volumen de material de acarreo extraído por la empresa operadora de la concesión vial IIRSA Norte, generando el riesgo que la empresa ejecute extracciones no autorizadas.
En informe se concluye que la entidad no dispuso de personal alguno, que se encargue de controlar diariamente los vehículos y el volumen de extracción por parte de la empresa, pese a que la Ordenanza Municipal n.° 009-2017-MDO del 2 de agosto de 2017, la cual establece el régimen de extracción de materiales de construcción ubicados en los álveos y cauces de los ríos, quebradas y canteras naturales localizados en la jurisdicción del distrito de Olmos.
La Contraloría comunicó los hechos advertidos al titular de la Municipalidad Distrital de Olmos para que adopte las acciones preventivas y correctivas que correspondan, en el marco de sus competencias y obligaciones en la gestión institucional. Del mismo modo, la autoridad municipal tendrá que enviar al Órgano de Control Institucional un plan de acción institucional con las acciones correctivas que tendrá que implementar respecto a las situaciones adversas contenidas en el informe.