El Órgano de Control Institucional (OCI) de la Municipalidad Provincial de Lambayeque (MPL), en un informe de control puso en evidencia serias observaciones a la obra, ‘Recuperación y mejoramiento del complejo turístico Parroquial San Pedro de Lambayeque’.
Según el OCI, la MPL no emitió pronunciamiento sobre adicional de obra permitiendo aprobación automática de ampliación de plazo. Asimismo, el municipio pagó la valorización N° 4, por trabajos no ejecutados, los mismos que se vienen realizando fuera del plazo contractual, situación que no fue comunicada por el inspector de obra, José Baltazar Flores Mino (quien a su vez es el gerente de Urbanismo del municipio), lo cual podría afectar los recursos municipales, ante el eventual reconocimiento de mayores gastos generales, así como la no aplicación de penalidades por retrasos injustificados por S/106 000 00.
De acuerdo al contrato suscrito entre el municipio y el consorcio San Pedro, la obra por el monto de un millón 060 mil soles debió culminar en el plazo de 120 días.
El 13 de junio de 2019, Flores Mino, gerente de Infraestructura y Urbanismo, emitió un informe donde señala que la fecha de término de la obra fue el 10 de junio de 2019, el cual fue modificado por la suspensión de plazo, por un periodo de 15 días calendarios, siendo la nueva fecha de culminación el 25 de junio de 2019. Sin embargo, el OCI advierte que la obra continúa en ejecución, pese a la culminación de plazo.
El pasado siete de junio, el consorcio San Pedro solicitó ampliación de plazo por 31 días calendarios, aduciendo que el municipio no se pronunció sobre su pedido por la elaboración del expediente técnico del adicional-deductivo.
Sobre ese punto, el 19 de julio Flores Mino, indicó no haber emitido informe, ni opinión, debido que depende de la aprobación del adicional de obra el cual se encuentra pendiente toda vez que se está en la Subgerencia de Logística, para la contratación de un profesional que elabore el expediente técnico del adicional.
Según el OCI, ante la falta del pronunciamiento del municipio, respecto al adicional y deductivo de obra, generó que el consorcio San Pedro solicite 31 días calendarios de ampliación, sin embargo, dicha solicitud no se encuentra sustentada. El OCI advierte que la solicitud de ampliación de plazo presentada por el consorcio, no fue sido tramitada a través del supervisor e inspector de obra quien debe evaluar la procedencia de lo solicitado. Sin embargo, en el marco de la disposición expuesta por los 15 días hábiles para el pronunciamiento del municipio, respecto a la solicitud de la ampliación de plazo, venció el 28 de junio de 2019, dicha situación podría generar afectación a los recursos ante eventuales reconocimientos de mayores gastos generales que el contratista decida valorizar.
VALORIZACIÓN
El 31 de mayo, el consorcio presentó su valorización N° 04 del mes de mayo de 2019 por el monto de S/ 151,188.23, señalando un avance mensual del 14.26% y un avance acumulado de 81.87%. Dicha valorización fue recepcionada, por Flores Mino, en su calidad de inspector de obra dando conformidad.
Al respecto, los días 28 de junio y 19 de julio, el OCI realizó visitas de control a la obra, de las cuales se advirtió que el consorcio San Pedro se encontraba ejecutando trabajos de habilitación y colocación de adoquines, ya cualificados y pagados en dicha valorización.
El OCI, señala que los pagos se realizan en función a metrados ejecutados, mas no a la habilitación de materiales; por tanto, del monto cuantificado y pagado en la valorización N° 04 que asciende a S/151,188.23, se advierte que S/ 70,848.27 corresponde a trabajos no ejecutados.
De lo mencionado, se deduce que existe un retraso injustificado en la ejecución de la obra por un saldo de 6.68%, considerando que el plazo contractual culminó el 25 de junio de 2019 y los trabajos en ejecución no guardan vinculación con el adicional de obra, generándose afectación al plazo contractual.
El OCI señala que, de acuerdo a las cláusulas del contrato, el monto del contrato es de S/ 1’ 060,000.00 y el plazo de ejecución de 120 días calendarios, por lo que, en aplicación de la disposición antes descrita, la penalidad por mora es de 10% del monto del contrato vigente, por lo que la penalidad sería 106 mil soles. Penalidad que no ha sido advertida por el inspector de Obra, Gerencia de Infraestructura y Urbanismo ni Subgerencia de Obras, formulación y asistencia de proyectos, situación que podría afectar los recursos de la municipalidad.