La Superintendencia de Banca y Seguros y AFP (SBS) oficializó ayer la publicación del reglamento para el procedimiento de acceso al Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA) por desempleo en el Sistema Privado de Pensiones (SPP).
De esta manera, los afiliados a las AFP que quieran acogerse al REJA podrán realizar desde hoy miércoles la solicitud en su AFP.
Cabe recordar que el REJA permite a los exaportantes al Sistema Privado de Pensiones (SPP) retirar hasta el 95,5% de su fondo mientras que el 4,5% restante se destina al seguro de EsSalud.
Pasos a seguir
Presentarse sólo quienes tienen desde 50 años (mujeres) y 55 (varones); presentar su Documento Nacional de Identidad (DNI); suscribir una Declaración Jurada de configurar la condición de desempleo por el periodo de, al menos, doce meses previos a la solicitud. Dicho formato será entregado por la AFP y suscrito por el afiliado.
Asimismo, para el caso de afiliados que tengan RUC, contar con un documento expedido por la Sunat denominado “Reporte Tributario de Rentas de Cuarta Categoría”, que acredite que ha contado con ingresos por rentas de dicha categoría, por un valor igual o menor al valor equivalente a 7 UIT (29.400 soles), en los doce meses previos a la fecha de la presentación de la documentación para acceder al REJA. Dicho reporte no debe tener una antigüedad mayor a 30 días calendarios.
Igualmente, para el caso de afiliados que no tengan RUC, la AFP debe verificar dicha condición a través de la consulta en línea de la página web de la Sunat con el tipo y número de DNI que corresponda al afiliado. Si como consecuencia de la verificación, la AFP acreditase que el afiliado cuenta con RUC pese a lo declarado, la solicitud debe ser rechazada y debe requerir el “Reporte Tributario de Rentas de Cuarta Categoría” que emite la Sunat.