Nacional
Publicado el Miercoles, 15 de Enero del 2020

Sala Penal debe fijar fecha de juicio oral para Alberto Fujimori

Solo queda que la Sala Penal Nacional fije fecha para el inicio del juicio oral a Alberto Fujimori.

 Tras la decisión de la Corte Suprema de confirmar la anulación del derecho de gracia otorgado a Alberto Fujimori, solo queda que la Sala Penal Nacional fije fecha para el inicio del juicio oral por el caso Pativilca, afirmó Carlos Rivera, abogado del Instituto de Defensa Legal (IDL).

“Ya se ha cumplido la pluralidad de instancias (...) aquí lo que corresponde es que se active el inicio de juicio oral. (Alberto) Fujimori tiene que ser procesado como acusado y el paso inmediato es que la Sala Penal, señale fecha para iniciar el juicio oral “, señaló.

El abogado recordó que el 24 de diciembre del 2017, el expresidente Pedro Pablo Kuczynski concedió el indulto humanitario y el derecho de gracia a Fujimori, con lo cual se le perdonó los delitos cometidos, así como los procesos en los que estaba siendo investigado.

“La comisión de gracias del Ministerio de Justicia, sin que nadie se lo pida, consideró que también correspondía otorgar el derecho de gracia, el cual corresponde a las personas que están procesadas. Lo hace de manera arbitraria porque en ningún momento se había solicitado ese derecho”, refirió.

El letrado advirtió que inclusive se cometió una irregularidad porque no se dijo cuáles eran los procesos por los cuales se le otorgaba el derecho de gracia.

“No se dice a qué casos se está refiriendo. Es bastante abierto y arbitrario, pero sobre ese derecho de gracia, absolutamente genérico, se pretendió librarlo del caso Pativilca”, indicó.

En ese sentido, Rivera destacó que la sentencia de la Corte Suprema es una decisión importante que ratifica lo que en su momento resolvió el vocal de instrucción Hugo Núñez y luego Sala Apelaciones.

Asimismo, señaló que la línea argumentación es que el indulto o las gracias presidenciales no son arbitrarias y tienen filtros o mecanismo de control.

“Resaltar la labor de la Corte Suprema que da cuenta de algo que se ha venido consolidando en la justicia peruana y es que no hay poderes omnímodos, aun cuando este sea el presidente de la República. Sobre esa base, la Corte Suprema analiza la constitucionalidad y convencionalidad del indulto”, explicó.

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