La Contraloría General identificó cuatro situaciones adversas en el puente vehicular y peatonal Leoncio Prado, ubicado en los distritos de Miraflores y Surquillo, cuya obra fue recientemente inaugurada por la Empresa Municipal Administradora de Peaje de Lima (Emape) con una inversión superior a los S/ 12 millones, durante la gestión del alcalde Luis Castañeda.
Durante el control concurrente, realizado del 2 al 22 de mayo pasado, se identificaron posibles pagos de partidas con metrado sin sustento; y pagos por intereses moratorios, por un total de más de S/ 849 mil.
Los auditores advirtieron que se pagó más de S/ 815 mil por partidas cuyos metrados no están sustentados en las valorizaciones de la obra principal, situación que podría generar que se liquide una obra cuyas valorizaciones pagadas no corresponden a las cantidades reales de los trabajos efectivamente ejecutados, afectando los costos del proyecto.
Asimismo, se aprobó una valorización (N° 10) considerando un porcentaje de gastos generales mayor a lo contratado, lo que podría generar que se liquide la obra con un exceso de pago (S/ 27 mil); y la demora en los pagos a cuenta del contratista ocasionó que se apliquen intereses por moras (más de S/ 6 mil), situación que genera mayores costos.
Durante el servicio de control concurrente, los auditores determinaron que la empresa contratista y la supervisora no cumplieron con realizar la prueba de carga siguiendo las especificaciones técnicas, lo cual hubiera permitido confirmar que el proyecto y construcción de obra se han llevado a cabo en forma satisfactoria ante eventuales cargas máximas exigidas.
Según la documentación revisada, durante la prueba de carga se colocó peso en la parte central del puente Leoncio Prado y se midieron las deflexiones (deformación) producidas; debiendo haberse colocado varias combinaciones de peso para medir las deformaciones y tensiones de las péndolas del puente.
Esto tal como lo establecen las especificaciones técnicas del expediente técnico, para confirmar que la ejecución de la obra se ha efectuado de manera satisfactoria.
Además, se ha determinado que el protocolo de prueba de carga, no cuenta con la aprobación del proyectista que realizó el expediente técnico y para la prueba de carga el supervisor de obra no acreditó a un ingeniero especialista en estructuras como Director de la prueba de carga, tal como lo requiere el expediente técnico.