Regional
Publicado el Lunes, 20 de Mayo del 2019

Entregan 180 certificados domiciliarios en zona declarada de muy alto riesgo

Controversias por certificados entregados por alcalde en Mocce Antiguo.
 El alcalde de la provincia de Lambayeque, Alexander Rodríguez Alvarado, reconoció que emitieron 180 certificados de posesión en Mocce Antiguo, zona declarada de muy alto riesgo.
 
“Llegó una comisión del asentamiento humano Mocce Antiguo y nosotros entendemos la necesidad de ayudarlos con los servicio básicos como es agua y luz, entonces se coordinó con la Gerencia de Infraestructura y Urbanismo (GIU), que a su vez coordinó con Epsel para que les instale agua, para ello tenían que tener certificado domiciliario y la GIU emitió este documento a una parte de la población”, señaló la autoridad edil.
 
“Hay mucha población que vive y cuenta con el servicio, pero Epsel les venía pidiendo este certificado, pero no acredita la propiedad pero sí tienen la posesión. Lo que buscamos es darle la solución a la problemática de Mocce Antiguo. Tenemos pensado ejecutar el proyecto de canal vía, para levantar el estado en que se encuentran actualmente”, agregó.
 
Carlos Ventura Sandoval, dirigente del asentamiento humano Pedro Ruiz Gallo, calificó como una burla, el crear falsas expectativas a la población, “sobre todo cuando se necesita solucionar problemas álgidos y de mucha premura. Juegan con las esperanzas y los mantienen cautivos en el olvido y arrinconados juntos con la indiferencia.
 
El día 26 de marzo la municipalidad entregó certificados domiciliarios a los vecinos de Mocce y resulta que el 22 de abril se le informa a un poblador que es improcedente la entrega del certificado domiciliario porque Mocce se encuentra en alto riesgo, vulnerable y no mitigable. Es decir te di pero eso no sirve”, manifestó en tono enérgico.
 
“El certificado domiciliario sólo se usa para poder determinar la dirección o para fines judiciales o fines electorales (cambio de domicilio). Tiene una duración de un mes. (Artículo 1 de la Ley de Simplificación de la Certificación Domiciliaria, Ley N° 28882.) Sin embargo, el certificado de posesión si es para factibilidad de servicios básicos y tienen vigencia hasta que instalen los servicios (Artículos 3°, 24° y 26° de la Ley de Desarrollo y Complementaria de formalización de la propiedad informal, acceso al suelo y dotación de servicios básicos Ley Nº 28687.)”, agregó.

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