El Consejo Directivo del Congreso de la República acordó la mañana de este jueves que los parlamentarios estén obligados a presentar su declaración jurada de intereses.
Sin embargo, se mantiene que la declaración jurada de intereses se entregará a la Contraloría General de la República, y no se presentará ante la plataforma de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) establecida para dicho fin.
La decisión del Consejo Directivo se da luego de cuestionamientos a la decisión que tomó el pleno el 7 de mayo. Aquel día, la representación parlamentaria acordó autoexcluirse de los alcances del decreto de urgencia, amparado en su autonomía y la separación de poderes.
Para ello, aprobó una modificación en su reglamento para que la declaración jurada quede bajo el control del Consejo Directivo, encargado de definir los parámetros de la información a consignar. Ahí estableció que los documentos sean presentados ante la contraloría.
El decreto de urgencia del Gobierno establece que los funcionarios del sector público están obligados a presentar su declaración jurada de intereses como requisito necesario para el ejercicio del cargo o función dentro de los quince días de haber sido nombrados, designados, electos o contratados. Pero precisa que la información se consigna ante la plataforma de la PCM.
A raíz de los cuestionamientos a la resolución legislativa aprobada por el pleno días atrás, bancadas como las del Frepap y Podemos Perú presentaron proyectos para aclarar la obligatoriedad de la presentación de la declaración jurada de intereses para los congresistas.