Nacional
Publicado el Martes, 12 de Noviembre del 2019

JNE resuelve que congresistas “disueltos” pueden postular

Artículo 90-A de la Constitución no se puede aplicar al presente proceso electoral por su naturaleza extraordinaria

 El pleno del Jurado Nacional de Elecciones (JNE) acordó por mayoría que los miembros del disuelto Congreso de la República puedan postular a los comicios parlamentarios del 26 de enero de 2020.

La decisión del colegiado, tomada ayer lunes, consideró que la regla establecida en el artículo 90-A de la Constitución Política no se puede aplicar al presente proceso electoral por su naturaleza extraordinaria.

 El acuerdo adoptado, informó el JNE, es producto de un amplio y profundo debate en el que se revisó de manera técnica los alcances de la normatividad constitucional y la legislación electoral.

Lo resuelto será publicado en la página web institucional y notificado al Jurado Electoral Especial de Ica, que el jueves último formuló la consulta acerca de este tema. 

Además, será comunicado a los otros JEE instalados que también calificarán las solicitudes de inscripción de listas de candidatos.

Los JEE deberán considerar lo resuelto al momento de calificar las solicitudes de inscripción de listas de candidatos, cuyo plazo de presentación por los partidos políticos vence el 18 de noviembre, de acuerdo al cronograma electoral.

 El pleno del JNE es un órgano plural compuesto por representantes de diversas instancias jurisdiccionales y académicas.

 

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