Por 95 votos a favor, 22 en contra y cero abstenciones, anoche fue aprobado por mayoría que el Congreso de la República seguirá siendo el encargado de evaluar los pedidos de levantamiento de inmunidad parlamentaria dentro de un periodo establecido.
El texto sustitutorio reza que, únicamente en los casos donde el legislativo no resuelva en el plazo debido, recién podrá entrar a tallar la Corte Suprema, lo cual inicialmente fue la propuesta presentada por el Ejecutivo.
La decisión se tomó en horas de la noche, luego que en una primera votación, el proyecto de reforma política no alcanzó los 87 votos requeridos para su aprobación, al obtener 78 votos a favor por el Pleno, lo cual en horas de la tarde fue sometido a la reconsideración por legisladores de diferentes bancadas.
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De esta manera, el Pleno del Congreso ratificó la aprobación del dictamen de la Comisión de Constitución que busca modificar el Artículo 93 de la Constitución Política del Perú respecto a la inmunidad parlamentaria
Ahora, el Parlamento deberá resolver dentro del plazo de 45 días hábiles. Solo si el Parlamento no resuelve dentro del plazo estipulado, la Corte Suprema podrá presentar una solicitud ante el Tribunal Constitucional para que este resuelva.
Como el texto sustitutorio fue respaldado por más de 87 parlamentarios, no será necesario que se someta a un referéndum, como sí iba a suceder si se mantenía la votación inicial (por la tarde).