Nacional
Publicado el Jueves, 13 de Junio del 2019

Proyecto busca cerrarle el paso a candidatos sentenciados

Iniciativa ya fue aprobada pero aún requiere de la votación del Pleno en dos legislaturas consecutivas
 Ni en elección popular ni en cargos de confianza. Las personas que hayan recibido sentencia condenatoria en primera instancia por delito doloso estarían eventualmente impedidas de postular a la presidencia, al Congreso, a los gobiernos regionales o a las alcaldías y tampoco podrían acceder a la función pública como trabajadores de confianza (por ejemplo, como ministros, viceministros, secretarios o asesores).
 
Así lo dictaminó la Comisión de Constitución del Congreso de la República, luego de considerar una de las iniciativas del Ejecutivo para la reforma política del país.
 
El cambio aprobado –que el presidente del Consejo de Ministros, Salvador del Solar, saludó en conferencia de prensa– requiere aún de la votación en el Pleno del Congreso en dos legislaturas consecutivas. Esto, porque se trata de dos modificaciones a la Constitución Política: una, al artículo 34 (añadiendo el literal “A”) y la otra, al artículo 39. La primera fue sugerida por el Gobierno en su Proyecto de Ley N° 4190/2018-PE, que luego modificó el grupo de trabajo congresal. Este también añadió la restricción para trabajadores de confianza.
 
Este planteamiento complementaría una ley aprobada por el Pleno del Congreso y publicada en enero de 2018. Dicha norma ya impide la postulación de personas condenadas, pero sigue dejando abierto a la interpretación si se aplica para resoluciones judiciales de primera o segunda instancia.
 
“La norma que [actualmente] impide que condenados postulen ha sido interpretada en el sentido de que deben ser condenas firmes. Esto, muchas veces, se cree que aplica incluso hasta después de la segunda instancia porque hay recursos ante la Suprema, como excepcionales, e incluso procesos constitucionales, como el hábeas corpus y el amparo”, explica la abogada especialista en temas electorales y ex secretaria de la Comisión de Alto Nivel para la Reforma Política, Ana Neyra Zegarra.
 
 
¿QUÉ IMPACTO TENDRÍA?
 
De ser aprobada por el Pleno en dos periodos sucesivos, la norma ajustaría más el candado de prevención contra el ingreso de funcionarios implicados en ilícitos. En la actualidad, otras medidas ya se aplican para personas que son condenadas durante el cargo, como la de suspensión o vacancia en el caso de autoridades municipales, y el desafuero o la destitución –vía juicio político– a congresistas.
 
La politóloga y ex integrante de la Comisión de Alto Nivel para la Reforma Política, Milagros Campos Ramos, explicó que esta propuesta del Ejecutivo tiene el fin de mejorar la oferta de candidatos, tanto para el Congreso como para la presidencia y los gobiernos y alcaldías. “Queremos una mejor oferta [de candidatos]. Y, para ello, pues, quien tiene una sentencia, que en ese momento se dedique a terminar con su juicio y a demostrar que tiene la idoneidad para postular; más allá de que pueda resultar inocente, como puede ocurrir, sin duda”, dijo.
 
Consultada al respecto, la especialista Ana Neyra precisa: “La norma está pensada para candidatos y la idea es que no sean elegidos. Si se les condena mientras son autoridades, se les suspende o vaca (para regidores o alcaldes). En el caso del Congreso, si se trata de una condena, deben ir presos o ser sometidos a juicio político”.

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