La Corte Superior de Justicia de Lima declaró ayer improcedente el hábeas corpus que presentó un ciudadano a favor de la excandidata presidencial Keiko Fujimori, quien cumple 36 meses de prisión preventiva en el Penal Anexo de Mujeres de Chorrillos por el caso Odebrecht.
De acuerdo con una resolución del 40° Juzgado Penal de Lima, el hábeas corpus en favor de la lideresa de Fuerza Popular y en contra del juez Richard Concepción Carhuancho, por presuntamente haber vulnerado el debido proceso, entre otros, no procede.
En el hábeas corpus se cuestionó la autorización de la detención preliminar contra Keiko Fujimori, así como el fallo de prisión preventiva en su contra por 36 meses por el caso Odebrecht. Sin embargo, se centra en el recurso de apelación en favor de la investigada.
Según la demanda, “a la fecha se está vulnerando los derechos fundamentales de la beneficiaria (Fujimori), al no haberse elevado el incidente a la Sala Superior; aun cuando la beneficiaria ha venido reclamando mayor celeridad”.
Archivamiento
El proceso constitucional fue presentado por el ciudadano Edgar Flores Castro, quien consideró que el juez Richard Concepción Carhuancho incurrió en un retardo cuando elevó a segunda instancia la apelación presentada por la defensa de Fujimori a la prisión preventiva. Este hábeas corpus fue admitido el 7 de diciembre de 2018.
Al respecto, el juzgado consideró que el recurso no procederá debido a que “carece de objeto pronunciarse sobre el fondo del asunto, al haberse producido la sustracción de la materia”. En esa línea, ordenaron que la medida sea archivada de forma definitiva.
El Juzgado determinó que los agravios alegados en la demanda constitucional quedaron desvanecidos, dado que el juez Concepción Carhuancho elevó a la Sala Superior los actuados del recurso de apelación de Keiko Fujimori antes que se presentara el hábeas corpus.