Los constitucionalistas Francisco Eguiguren y Luciano López coincidieron en señalar que la reforma de adelanto de elecciones que presentó el Ejecutivo al Congreso y una eventual cuestión de confianza por este tema son constitucionales.
Eguiguren sostuvo que la Constitución no señala un adelanto de elecciones pero tampoco lo prohíbe, por lo que juzgó válido plantear ante el Congreso una reforma para recortar el mandato presidencial y parlamentario.
“La Constitución es la primera norma jurídica que regula el funcionamiento político, esto es un problema más político”, en referencia a la confrontación que hay entre el Ejecutivo y el Congreso.
Refirió que el Ejecutivo, en atribución de sus facultades, puede presentar una reforma constitucional y solo el Congreso, también en función de sus atribuciones, puede aprobarla o desestimarla con o sin una cuestión de confianza.
También consideró constitucional que el Ejecutivo presente una cuestión de confianza al Congreso, petición que el Parlamento resolverá en función de su autonomía.
Recordó que en el 2000, tras la crisis en el gobierno de Alberto Fujimori y los “vladivideos”, se planteó una reforma constitucional para recortar el mandato presidencial y del Parlamento.
“Se hizo en el 2000, ¿por qué no se hace ahora si hay una crisis política?, hay que hacerlo, pero de acuerdo a la Constitución”, refirió.
Comentó, además, que el Ejecutivo ya presentó al Congreso una cuestión de confianza sobre reformas constitucionales como la bicameralidad y otras de la reforma de justicia, las mismas que fueron aprobadas en el Legislativo y sometidas a referéndum.
El gabinete de Salvador del Solar también presentó un paquete de proyectos de ley y reformas constitucionales en la reforma política con una cuestión de confianza, agregó.
“Algunas voces dijeron ‘no se puede’ y el Congreso las aprobó, ¿por qué ahora cambia de opinión respecto a las reformas constitucionales?”, se preguntó.
El constitucionalista Luciano López, asimismo, opinó que la reforma constitucional es una iniciativa del Presidente de la República, con acuerdo del Consejo de Ministros, lo mismo que la cuestión de confianza.
“La sentencia del Tribunal Constitucional reconoce que la cuestión de confianza se presenta en amplia forma. Puede ser sobre proyectos de reforma constitucional y, si no se aprueba, se puede presentar una cuestión de confianza”, afirmó en RPP.
Consideró también como un antecedente una reforma constitucional aprobada en el Congreso del recorte de mandato presidencial y parlamentario y el adelanto de elecciones en el 2000.
Sostuvo que en paralelo los actores políticos podrían mostrar voluntad para salir del “entrampamiento” con la propuesta que formuló uno de los actores, pero observó que no ve con nitidez voluntad alguna para ponerse de acuerdo en el Congreso.