Con el objetivo de promover una mayor competencia y flexibilidad en el Sistema Privado de Pensiones (SPP), la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó ayer la Resolución 1034-2019, mediante la cual se permite a las AFP ofrecer planes de descuento en las comisiones por administración que cobran a sus afiliados.
Los planes de descuento en las comisiones se aplican en función al tiempo de permanencia futura o regularidad de cotización en la AFP.
Dichos planes de descuento podrán ser ofertados tanto en la comisión sobre la remuneración (flujo) como en los componentes de la denominada comisión mixta (sobre remuneración y/o sobre el saldo), según decisión de la AFP.
Condiciones y abono
La norma, publicada en el Diario Oficial, establece que los planes que ofrezcan las AFP cuenten con un esquema de bonificación fijados por estas, que dará lugar a la aplicación de un valor de descuento en la comisión por administración de los fondos de pensiones que paga el afiliado, premiando así su fidelidad en la administración de sus fondos.
Asimismo, se precisa que el compromiso de tiempo de permanencia o regularidad de cotización corresponderá al número de meses en que el afiliado se compromete a permanecer y/o registrar aportes en la AFP.
El abono del beneficio (ahorro que obtenga el afiliado) se realizará al finalizar el período del compromiso de permanencia en la AFP que ofrezca el plan.
Plan de Descuento AFP
Las AFP deberán informar a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), de modo previo a su implementación, el diseño del “Plan de Descuento AFP” que decida adoptar.
Cabe indicar que la propuesta planteada en este proyecto retoma el enfoque de los planes de permanencia que tuvieron alcance en el SPP con anterioridad a la Ley 29903, Ley de Reforma del SPP, vigente desde agosto del 2013.